Economía

Levantan sanciones y plazos para pagar impuestos por problemas virtuales en la Dian

Andrea Carranza Garzón

Por estos días, contribuyentes y contadores entraron en pánico al ver que no podían pagar las obligaciones tributarias en la página web de la Dian. Y el pánico no es para menos. Si no pagan ni declaran a tiempo la sanción corresponde al 5% del impuesto y los intereses moratorios son del 30,5%. Frente a los problemas virtuales, la Dian lanzó un salvavidas que lo libra de las sanciones.

Las intermitencias y los problemas de la página web de la Dian hicieron que la entidad declarara el martes 6 de agosto la contingencia que trata el artículo 579-2 del Estatuto Tributario, es decir, que se levantarán los plazos de pago sin que haya lugar a sanciones por extemporaneidad.

“La ventaja de esta contingencia es que le permite a la Administración que pueda levantar los plazos y de esa manera garantizar que todos los que no pudieron cumplir con sus obligaciones puedan hacerlo cuando anunciemos que ya se presta el servicio y así puedan cumplir sin lugar a sanción de extemporaneidad o intereses de mora”, dijo Natasha Avendaño, asesora de la Dirección General de la Dian.

Luego de que la entidad informe que el servicio está completamente restaurado, los vencimientos se pueden cumplir el día hábil después del anuncio. Al cierre de esta edición, el portal seguía con intermitencias y aún no se había dado alguna solución al problema. Durante la semana, los afectados fueron quienes debían declarar y pagar la Contribución Empresarial para la Equidad (Cree), ya que el Decreto 862 de 2013 había establecido que a partir del primero de agosto la declaración y pago de este tributo debía hacerse de manera virtual. Las declaraciones que sean presentadas por medios diferentes se tendrán como no presentadas.

Para Pedro Sarmiento, socio director de Impuestos de Deloitte, el tema es cultural. “La gente por cultura deja sus obligaciones para el final y se presentan estos problemas por la concurrencia al sistema”. Unas de las críticas de los ciudadanos al director de la Dian, Juan Ricardo Ortega, es por intentar “aferrarse al pago electrónico” y el alto grado de “improvisación” a la hora de solucionar los problemas. A esto, Ortega ha respondido que el tema será “prioridad número 1”.

La otra preocupación es que hoy arranca la declaración y pago del impuesto de renta del año gravable 2012 para personas naturales. Avendaño explicó que la contingencia no se hace solo para un impuesto, sino para todas las obligaciones. Además, la mayoría de estos contribuyentes presentan sus declaraciones en los bancos y no electrónicamente. De hecho, de las 1,4 millones de declaraciones que se harán este año, se espera que un poco más de 150.000 sean electrónicas.

Sujeto pasivo del Cree será autorretenedor
La Dian publicó en su página web el proyecto de Decreto que modifica el Decreto 862 de 2013, que es el que reglamenta el impuesto para la equidad o también llamado Contribución Empresarial para la Equidad (Cree). La Dian propone que a partir del primero de septiembre los sujetos pasivos del Cree sean considerados como autorretenedores, es decir, que se practiquen su propia retención. Para algunos expertos, entre los peores de los males este es el mejor en medio de las dificultades que ha tenido el sistema de retenciones. De acuerdo con Legis contadores, esto facilita la labor de la Dian en términos de recaudo. Con este decreto también se establecieron bases mínimas. El director de la entidad tributaria, Juan Ricardo Ortega, afirmó a través de su cuenta de Twitter, que esto resolverá mucho.

Las opiniones

Natasha Avendaño
Asesora de la dirección general de la Dian

“Luego de que informemos que se restablece el servicio, los contribuyentes tienen hasta el día hábil siguiente para cumplir con sus obligaciones”.

Pedro Sarmiento
Socio Director de Impuestos de Deloitte

“La gente por cultura deja sus obligaciones para el final y desafortunadamente se presentan estos problemas por la concurrencia al sistema, lo que hace que se caiga la página o sea lenta”.