Judicial

Los decretos que ha firmado el Gobierno Nacional para superar la crisis del Covid-19

Desde darle más poder a los mandatarios locales hasta garantizar los servicios básicos a los colombianos, Duque ha firmado más de 40 decretos

Vanessa Pérez Díaz

La rapidez del contagio del Covid-19 activó las alarmas del Gobierno desde inicios de marzo y a partir de ese momento se comenzaron a aprobar una serie de estrategias que reforzarían el aislamiento obligatorio no solo en Bogotá, sino en todo el país.

Son más de 40 decretos y normas aprobadas por el gobierno del presidente Iván Duque para superar la crisis de esta pandemia desde varios sectores, principalmente en lo económico y social.

Aquí algunos de los decretos.

Declaración del Estado de Emergencia Económica, Social y EcológicaDecreto 417 de 2020

Esta norma salió publicada el 17 de marzo de 2020, bajo la siguiente premisa:  "Por consideraciones de Salud pública, de efectos económicos y de la emergencia sanitaria internacional se decreta en el todo el territorio colombiano el Estado de Emergencia Económica Social y Ecológica para poder expedir los decretos legislativos que ayuden a conjurar la crisis generada por la pandemia del Covid-19".

Plazos para la renovación de la matrícula mercantil y otros registros dentro del RuesDecreto 434 de 2020

Esta norma salió publicada 19 de marzo de 2020, bajo el siguiente parámetro: "El plazo para la afiliación al Registro Único mercantil, al Registro Único Empresarial y Social, la Renovación del Registro único de proponentes y la afiliación a las Cámaras de Comercio no se deberá hacer dentro de los tres primeros meses de este año, sino que el plazo se amplía hasta el 03 de julio".

Adoptar medidas tributarias transitoriasDecreto 438 de 2020

Esta norma se publicó 19 de marzo de 2020 bajo los siguientes parámetros: "Establece una exención transitoria al impuesto del IVA por treinta días, a partir del 17 de marzo de 2020, para los productos como: Nebulizador, báscula pesa bebés, monitor de signos vitales, electrocardiógrafo, glucómetro, tensiómetro, aspirador de secreciones, desfibrilador, incubadora, equipo de órganos de los sentidos, bala de oxígeno, ventilador,  cama hospitalaria, entre otros".

Suspender desembarque de pasajeros procedentes del exterior por vía aéreaDecreto 439 de 2020

Esta norma se publicó 20 de marzo de 2020 bajo los siguientes parámetros: "Suspende por el término de 30 días, a partir del lunes 23 de marzo, el desembarque con fines de ingreso o conexión en el territorio colombiano de pasajeros provenientes del exterior por vía aérea. Se exceptúan de esta disposición la tripulación de los aviones de carga, que deberán cumplir con las medidas sanitarias previstas y con la medida de aislamiento preventivo".

Adoptar medidas de urgencia en materia de Contratación EstatalDecreto 440 de 2020

Esta norma se publicó 20 de marzo de 2020 bajo los siguientes parámetros: "Durante la declaratoria del Estado de Emergencia los procesos de selección podrán adelantarse mediante audiencias virtuales, garantizando el acceso a los proponentes, entes de control, y a cualquier ciudadano interesado en participar. Para los procesos en curso, no será necesario modificar el pliego de condiciones, sin embargo dos días antes de la audiencia se notificará a los interesados las condiciones de la misma".

Disponer la reinstalación y reconexión inmediata de los servicios públicos de alcantarillado y agua potable Decreto 441 de 2020

La norma se publicó el 21 de marzo bajo los siguientes parámetros: "Establece, por el termino de treinta días o lo que dure el término de la declaratoria de Estado de Emergencia la reconexión de los servicios públicos domiciliarios de agua potable y alcantarillado, de los hogares residenciales que lo tengan suspendido o con corte del servicio, con excepción de los cortes que se hubieren realizado por fraude en la conexión".

Crear el Fondo de Mitigación de Emergencias FOMEDecreto 444 de 2020

El 21 de marzo se publica la norma bajo los siguientes parámetros: "El objeto de FOME será atender las necesidades de recursos para la atención en salud, los efectos adversos generados a la actividad productiva y la necesidad de que la economía continúe brindando condiciones que mantengan el empleo y el crecimiento en el marco del Decreto 417 de 2020. Las fuentes de recursos del FOME serán: 1. Los recursos destinados del Fondo de Ahorro y Estabilización. 2. Los recursos destinados del FONPET. 3. Los rendimientos financieros generados por la administración de los recursos".

Tomar medidas para los hogares en condición de pobreza, dentro del Estado de EmergenciaDecreto 458 de 2020

El 22 de marzo se publicó esta norma bajo los siguientes parámetros: "Entrega de una transferencia monetaria, no condicionada, adicional y extraordinaria a los beneficiarios del programa Familias en Acción, Protección Social al Adulto Mayor y Jóvenes en Acción. El DNP será la entidad encargada de determinar el listado de hogares o personas más vulnerables que serán los beneficiarios de la compensación del IVA y el CONFIS determinará el monto de dicha compensación".

Garantizar los servicios a cargo de las Comisarías de FamiliaDecreto 460 de 2020

El 22 de marzo se publicó este decreto bajo los siguientes parámetros: "Garantizar la prestación ininterrumpida de los servicios de las Comisarías de Familia frente a la protección de casos de violencia en el contexto familiar y medidas de urgencia para la protección de niños, niñas y adolescentes".

Autorizar temporalmente a gobernadores y alcaldes para la reorientación de rentas y reducción de tarifas de impuestos territorialesDecreto 461 de 2020

El 22 de marzo se publicó la siguiente norma bajo el parámetro: "Autoriza a los Gobernadores y Alcaldes a reorientar las rentas con destinación específica, sin requerir autorización de las Asambleas o los Concejos, y a reducir las tarifas de los impuestos".

Prohibir la exportación y reexportación de productos necesarios para afrontar la emergencia por el Covid-19Decreto 462 de 2020

El 22 de marzo se publicó la norma bajo los siguientes parámetros: "Prohibir la exportación de los siguientes productos: 1. Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico superior o igual al 80% vol. 2. Prendas y complementos (accesorios), de vestir, incluidos los guantes, mitones y manoplas. 3. Máscaras especiales para la protección de trabajadores. 4. Papel higiénico. 5. Pañuelos, toallitas de desmaquillar y toallas. 6. Mascarillas de protección".

Modificar el arancel de aduanas para importación de medicamentos, dispositivos médicos, artículos de aseoDecreto 463 de 2020

El 22 de marzo se publicó esta norma bajo los parámetros: "Establecer un arancel del 0% a las importaciones de Nación Más Favorecida, para los siguientes productos: Que contengan como ingrediente principal uno o más vitaminas, sal de mesa, cloruro de sodio, cloro, cloruro de hidrógeno, lejía de sosa o soda caústica, hierro, aluminio, sodio, antobióticos, alcaloides para uso humano".

Declarar como servicios públicos esenciales los servicios de telecomunicaciones y los servicios postalesDecreto 464 de 2020

El 23 de marzo salió publicada la norma bajo los siguientes parámetros: "Fija las reglas para los planes de telefonía móvil durante la declaratoria del Estado de Emergencia, así: Amplia en un plazo de treinta días el pago para servicios pospago. Si vencido el nuevo plazo de pago, el usuario continúa sin pagar, se le debe garantizar la opción de efectuar recargas usar el en la modalidad prepago, el envío de doscientos (200) mensajes de (SMS) y la recepción sin ninguna restricción, la navegación gratuita en (20) direcciones de Internet (URL), que serán definidas por el Ministerio de las tecnologías de la Información y Comunicaciones con apoyo de la Comisión de Regulación de Comunicaciones; entre otros".

Establecer priorización y trámite inmediato de solicitudes de concesiones de aguas superficiales y subterráneasDecreto 465 de 2020

El 23 de marzo se publicó esta norma bajo los siguientes parámetros: "Para garantizar el acceso al servicio de agua potable se dispone: Trámite inmediato a las solicitudes de aguas superficiales y subterráneas presentadas por los municipios, distritos o empresas prestadoras servicio público domiciliario de acueducto, según corresponda; entre otros".

Decretar medidas de urgencia para beneficiarios de auxilios del ICETEXDecreto 467 de 2020

El 23 de marzo se publicó esta norma bajo los parámetros: "A través de los saldos y excedentes de liquidez, así como los saldos y excedentes de los fondos y alianzas en el Plan de Auxilios Educativos Coronavirus COVID-19, se otorgara a beneficiarios focalizados uno de los siguientes subsidios: 1. Periodo de gracia en cuotas de créditos vigentes. 2. Reducción transitoria de intereses al IPC para estratos 3, 4, 5 y 6, durante la vigencia del Estado de Emergencia. 3. Ampliación en los planes de amortización. 4. Otorgamiento de nuevos créditos para el segundo semestre del año 2020".

Autorizar nuevas operaciones de crédito a Findeter y BancoldexDecreto 468 de 2020

El 23 de marzo se publicó esta norma con los siguientes parámetros: "Findeter podrá otorgar créditos directos con tasa compensada dirigidos a financiar proyectos y actividades en los sectores elegibles para conjurar la crisis o impedir la extensión de sus efectos en el territorio nacional, en el marco de la Declaratoria del Estado de Emergencia".

Autorización para el levantamiento de la suspensión de términos judicialesDecreto 469 de 2020

El 23 de marzo se publicó esta norma bajo los siguientes parámetros: "La Sala Plena de la Corte Constitucional podrá levantar la suspensión de los términos judiciales ordenada por el Consejo Superior de la Judicatura cuando fuere necesario para el cumplimiento de sus funciones constitucionales".

Permitir que el PAE se reciba en casa durante el tiempo de la declaratoria del Estado de EmergenciaDecreto 470 de 2020

El 24 de marzo se publicó la norma bajo los parámetros: "Bajo los lineamientos de la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar – Alimentos para Aprender, las entidades territoriales deberán garantizar que los niños, niñas y adolescentes matriculados en el sector oficial reciban el PAE para su consumo en casa. 2. Habilita la distribución de una suma residual del Sistema General de Participaciones, no solo a los municipios y distritos, sino también a los departamentos, de acuerdo con el indicador de pobreza certificado por el Dane".

Fijar normas para apoyar las actividades artísticas y de gestión cultural durante el Estado de Emergencia EconómicaDecreto 475 de 2020

El 25 de marzo se publicó la siguiente norma: "Los alcaldes y gobernadores de las entidades territoriales deberán realizar la apropiación y el giro de los recursos correspondientes al diez por ciento (10%) para seguridad social del creador y del gestor cultural, a más tardar el 30 de abril del año 2020, entre otros parámetros".

Establecer mecanismos para facilitar la importación/fabricación de dispositivos médicos, guantes, tapabocas, gel Decreto 476 de 2020

El 25 de marzo se publicó la siguiente norma: "Facultades al Ministro de Salud y Protección Social: 1. Flexibilizar los requisitos de registro sanitario y permiso de comercialización de medicamentos, productos fitoterapéuticos, dispositivos médicos, equipos biomédicos, reactivos de diagnostico in vitro, cosméticos y productos de higiene doméstica y de higiene personal que se requieran para la prevención, diagnóstico o tratamiento del Covid-19. 2. Flexibilizar los requisitos que deben cumplir los establecimientos fabricantes de los productos mencionados anteriormente que se requieran la prevención, diagnóstico o tratamiento del Covid-19".

Dictar normas relacionadas con el servicio público de transporte durante la Declaratoria del Estado de EmergenciaDecreto 482 de 2020

El 26 de marzo se publicó la norma: "Crea el Centro de Logística y Transporte, adscrito al Ministerio de Transporte, sin personería jurídica y solo con capacidad técnica propia, integrado por los Ministros de Transporte, Agricultura y Comercio, el Viceministro de Transporte y un delegado del Presidente de la República. El término de duración de este centro será el mismo de la duración de la declaratoria del Estado de Excepción".

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