Hacienda

Los puntos clave de la Ley de Rescate Económica que busca luz verde en el Congreso

El proyecto plantea la modificación de la regla fiscal, y la reducción del tamaño del estado. También otorga facultades al presidente para fusionar entidades y ministerios

Juliana Trujillo Velásquez

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Finalmente el Gobierno Nacional ya destapó sus cartas sobre las medidas que contendrá la Ley de Rescate Fiscal. Hasta ahora lo único que se sabía es el monto, la apuesta de Hacienda es de reducir en unos $45 billones el gasto en 2027.

Durante la radicación, el viceministro, José Manuel Restrepo, dijo que “hoy estamos entregándole al Congreso de la República una Ley de Rescate Económico, una ley que significa una “operación rescate”. Esta Ley de Rescate va a salvar el país de la quiebra, para evitar que Colombia pierda 360.000 empleos, para evitar entrar en una recesión, es la que presentamos al Congreso”.

Y agregó que “la primera decisión de la Ley de Rescate Económico es ser conscientes de que lo primero que tiene que hacer el Estado, lo más importante, es apretarse el cinturón. Por eso el Gobierno de Abelardo de la Espriella, en la Ley de Rescate Económico, incluye medidas para apretarse el cinturón”.

De otro lado, el ministro de Hacienda, Miguel Gómez, dijo que el Gobierno estructuró la Ley de Rescate en cinco ejes: “rescate fiscal, para frenar el crecimiento de la deuda y financiar el presupuesto de 2027; rescate social, mediante la devolución del IVA a 19 millones de colombianos de menores ingresos; rescate de la salud, con una inversión de $30 billones en cuatro años; rescate de la inversión; y rescate del Estado, a través de medidas para reducir la burocracia y el derroche”.

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Reducción del Estado

Pero lo nuevo, y clave ahora es entender el tipo de medidas que contiene el articulado. En el frente del Estado, el proyecto plantea una reducción nominal de 20% en gastos de personal para 2028 y recortes de 50% en contratos de prestación de servicios profesionales.

En este frente, también se otorgan facultades extraordinarias al Presidente de la República para suprimir, fusionar y escindir ministerios y departamentos administrativos. También se otorga la facultad de suprimir, fusionar, escindir y cambiar la naturaleza jurídica de superintendencias, unidades administrativas especiales, agencias, establecimientos públicos y demás entidades u organismos administrativos del orden nacional. Estas facultades aplicarán en el periodo de seis meses después de entrada en vigencia la reforma.

Devolución del IVA

También se plantean medidas de devolución del IVA. A partir del 1 de enero de 2028, la reforma crearía un mecanismo denominado EfectIVA, que busca devolver una parte del IVA que pagan las personas de menores ingresos al comprar bienes y servicios gravados.

La medida regiría de la siguiente manera: se hará una devolución de 100% para las personas en situación de pobreza y probreza extrema. Y para los demás tramos de la población en situación de vulnerabilidad, en orden creciente de ingreso: 50%, 40% y 30%.

Modificación de la regla fiscal

Uno de los puntos que más esperaba conocer el mercado es si se iba a modificar o no la regla fiscal, la cual es clave para el rumbo de las finanzas públicas. Como ya se sabe, el país tiene el compromiso de retornar a la regla en 2028, sin embargo, entidades como el Carf, incluso, ya se han manifestado sobre la improbabilidad de que ese retorno suceda. Por eso, el proyecto de Ley plantea una ligera modificación. Puntualmente, se estableció un mecanismo para evitar que la deuda neta se acerque al límite de deuda de 71% del PIB.

Básicamente, lo que se propone es que cuando la deuda del país se ubique entre 63% y 71% del PIB, el Gobierno tendrá que limitar el crecimiento de algunos gastos. Los salarios y demás gastos de personal de las entidades públicas no podrán aumentar más que la inflación más 0,5 puntos porcentuales. Por su parte, el gasto en compra de bienes y servicios no podrá crecer por encima de la inflación.

Si el presupuesto aprobado supera esos límites, el Gobierno deberá expedir un decreto para recortar los recursos y ajustarlo a las nuevas restricciones.

Rescate en salud

Para el sector salud, el artículo 21 establece que una parte de los aportes que reciben las Cajas de Compensación Familiar deberá destinarse a financiar el aseguramiento en salud de la población afiliada al sistema. En concreto, de los cuatro puntos porcentuales de los aportes que contempla la ley, uno se destinará a financiar el aseguramiento obligatorio en salud y deberá ser transferido a la Adres.

Esto significa que las cajas de compensación tendrán que girar esos recursos directamente a la Adres, siguiendo las reglas que establezca el Gobierno nacional.

Régimen único para generar estabilidad empresarial

El documento crea un régimen de incentivos al empresariado. Para acceder a sus beneficios, la inversión debe ser nueva y aumentar la capacidad productiva del país mediante la adquisición, construcción o instalación de activos que no hayan sido utilizados previamente en Colombia. No se incluyen la compra de empresas o acciones existentes, terrenos, capital de trabajo, títulos de deuda pública ni reorganizaciones empresariales. Solo se reconocerán los recursos efectivamente incorporados al proyecto y registrados en su contabilidad, con reglas específicas para los anticipos a proveedores y contratistas.

Impuesto al patrimonio

Desde 2027, deberán pagar impuesto al patrimonio quienes tengan un patrimonio líquido igual o superior a $5.001, 71 milllones (95.500 UVT), al primero de enero de cada año, es decir, sus activos menos las deudas vigentes.

Renta exenta de 25% tendrá límite anual de $32,9 millones con Ley de Rescate Económico

La Ley de Rescate plantea modificar el tratamiento tributario de los ingresos laborales de las personas naturales, al establecer un límite anual de 630 unidades de valor tributario (UVT), alrededor de $32,9 millones, para la renta exenta de 25% que pueden descontar los trabajadores al calcular su impuesto de renta. La medida establecida en el artículo 47 del proyecto implica que los trabajadores podrán aplicar esta exención únicamente hasta el monto máximo establecido.

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