MinComercio definió los productos cobijados por medidas arancelarias frente a Ecuador
viernes, 23 de enero de 2026
Entre enero de 2023 y octubre de 2025, Colombia importó 683.825,8 toneladas de estos productos desde Ecuador, lo que explica el impacto potencial de la decisión
El Ministerio de Comercio definió los productos cobijados por las medidas arancelarias frente a Ecuador. La decisión contempla la aplicación de un arancel ad valorem de 30% para 23 partidas arancelarias, desagregadas en 73 subpartidas, correspondientes a productos originarios de Ecuador, esta decisión fue adoptada por el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior.
Según MinComercio, las importaciones cobijadas por la medidas representan un volumen significativo dentro del comercio bilateral. Entre enero de 2023 y octubre de 2025, Colombia importó 683.825,8 toneladas de estos productos desde Ecuador, lo que explica el impacto potencial de la decisión tanto en precios como en cadenas productivas locales.
Dentro de los bloque más relevantes del arancel corresponder a los productos agropecuarios, encabezados por el arroz, uno de los bienes más sensibles en la relación comercial entre ambos países; el listado incluye arroz con cáscara para siempre (arroz paddy), arroz semiblanqueado o blanqueado, tanto de grano corto y mediano como de otras variadades y arroz partido.
Estos productos han sido históricamente objeto de tensiones por su impacto directo en los productores nacionales y en la seguridad alimentaria.
"Las importaciones provenientes de Ecuador objeto de la medida se concentran principalmente en productos pesqueros y agrícolas, como preparaciones de pescado, aceite de palma y arroz, seguidos por productos químicos, plásticos y manufacturas de metal", afirmaron en el comunicado.
Adicionalmente, uno de los grupos impactados es el de leguminosas, como frijoles comunes secos y frijoles caupí, así como plátanos, tanto frescos como secos, incluidos productos como el bocadillo u orito.
También figuran azúcares de caña, que van desde azúcar en bruto y panela hasta sacarosa químicamente pura, con y sin adición de aromatizantes o colorantes, lo que afecta insumos clave para la industria alimentaria y de bebidas.
Otro segmento de peso es el de aceites y grasas, en el cual se incluye aceite de palma en bruto y refinado, aceites de girasol, grasas vegetales hidrogenadas y aceites de pescado, productos ampliamente utilizados en la industria de alimentos, cosméticos y biocombustibles.
En este mismo bloque aparece el cacao en polvo sin adición de azúcar, un insumo relevante para el sector chocolatero colombiano.
Por otro lado, el listado también contempla productos pesqueros e industriales así como el alcohol etílico, tanto sin desnaturalizar como desnaturalizado, bentonita, así como una amplia gama de insecticidas, fungicidas, desinfectantes y raticidas, algunos de ellos formulados con compuestos específicos como piretro o mancozeb. Estos insumos son fundamentales para el sector agroindustrial y químico.
En el ámbito manufacturero, la medida arancelaria incluye numerosos productos plásticos, entre ellos láminas y películas autoadhesivas, sacos y bolsas de polietileno y polipropileno, envases, botellas, bombonas, tapas y artículos para transporte y envasado.
Asimismo, se gravan papeles y cartones para embalaje, como papel testliner y papeles para acanalar, claves para la industria logística y de empaques.
El arancel presentado por el Ministerio de Comercio, alcanza también bienes industriales y de construcción, como neumáticos para automóviles, buses, camiones y aeronaves, tuberías soldadas de hierro, acero y aluminio, además de calzado impermeable y una amplia gama de herramienta de perforación, roscado, taladrado y fresado, utilizadas en sectores como minería, petróleo, infraestructura y manufactura pesada.
La ministra de Comercio, Industria y Turismo, Diana Marcela Morales Rojas, explicó que la decisión se adopta como un instrumento de defensa de la seguridad nacional, al considerar que Ecuador impuso su arancel de 30% a las importaciones colombianas desconociendo compromisos adquiridos en el marco de la Comunidad Andina, lo que genera distorsiones en el intercambio comercial y un ambiente de tensión bilateral.
Adicionalmente, el Gobierno colombiano evalúa incorporar medidas complementarias, como la restricción al ingreso terrestre de productos agropecuarios frescos, en particular arroz, y limitaciones a la importación de materiales que puedan ser utilizados para la fabricación de fentanilo, disposiciones que deberán contar con sustento técnico y legal por parte de la Dian y los ministerios de Hacienda y Agricultura.
Pese al alcance del arancel y al número de productos involucrados, el Ejecutivo reiteró que se trata de una medida transitoria, que no busca escalar el conflicto ni afectar de manera permanente la relación comercial con Ecuador.
En ese sentido, Colombia mantendrá abiertos los canales diplomáticos e institucionales con el objetivo de restablecer reglas claras, previsibles y equitativas en el comercio bilateral.