MinComercio desmintió algún cambio en decreto sobre el arancel a importaciones de calzado
jueves, 3 de agosto de 2017
Ayer se había comunicado que la sobretasa de 35% quedaba en 1,05% para los países de Mercosur
Katherine Benítez Piñeros
Aunque ayer se había comunicado que el Ministerio de Comercio había suspendido la medida que impuesta en noviembre de 2016 que establecía una sobretasa arancelaria de 35% para las importaciones de calzado provenientes del Mercosur, hoy manifestó, a través de un comunicado, que el decreto 1744 del 2 de noviembre de 2016 no ha tenido ningún cambio.
Previamente, la Asociación Brasileña de las Industrias de Calzado (Abicalçados) había celebrado la suspensión de la medida.
“Entre enero y junio de este año, por el encarecimiento del producto brasileño sometido al recargo, registramos una caída del 2% en las exportaciones para Colombia”, destacó Heitor Klein, presidente ejecutivo de Abicalçados, y agregó que la sobretasa arancelaria era más un obstáculo para los calzados brasileños, que tienen en Colombia un mercado importante.
Este es el comunicado completo:
"El Decreto 1744 del 2 de noviembre del 2016, a través del cual el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo estableció un arancel máximo del 35% para las importaciones de calzado cuando el precio declarado sea inferior o igual al umbral definido entre US$6 y US$10 por par de zapatos (dependiendo de la clase de calzado), no ha tenido ningún cambio.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo explicó que las reglas definidas en el mencionado Decreto, no han aplicado y no aplican, para los países o bloque de países con los cuales Colombia tiene Acuerdo Comercial vigente.
Igualmente, que para los zapatos que ingresen al país con precios por encima de ese umbral, el arancel que se aplica es del 15% de conformidad con el decreto 2153 de 2016".