Energía

Ministerio de Energía suspendió el cobro de gas a usuarios afectados en emergencia

Ministerio de Minas y Energía

En el decreto también se contempla la ampliación de la oferta por medio de productores y comercializadores de gas importado

Juliana Trujillo Velásquez

En consonancia con el decreto 0214 de 2026 que se expidió hace unas semanas, el Ministerio de Minas y Energía volvió a expedir uno nuevo para la no facturación de los servicios de energía, en este caso del gas. Ahora con el decreto 0242 de 2026, se aprobó que los prestadores del servicio público domiciliario esencial de gas combustible por redes de tubería no podrán hacer el cobro a los usuarios cuyos inmuebles fueron afectados por la emergencia.

También se determinaron facilidades para la facturación del consumo causado antes de la declaratoria de emergencia. "En este caso, los prestadores de dicho servicio deberán diferir o implementar facilidades y mecanismos a los usuarios damnificados de los estratos 1 y 2 por un periodo de 12 meses, término que podrá ser prorrogado por términos entre las partes", se lee en el documento.

En los casos donde sufrieron daños los equipos de medición, conexiones y redes internas que sean propiedad de los usuarios de los estratos 1 y 2, y que además hayan sido reestablecidos por el prestador del servicio, estos deberán implementar facilidades y mecanismos de pago a los usuarios damnificados por un plazo 12 a 36 meses.

El decreto también contempla un ampliación de la oferta de gas natural. Se estableció que la cartera de Energía establecerá los lineamientos para la contratación y ampliación de la oferta de gas natural por productores y comercializadores de gas importado. "Lo anterior, con el fin de procurar el abastecimiento de gas combustible y generar un impacto positivo en las tarifas de los usuarios del servicio de gas combustible por redes de tuberías", se argumenta en el decreto.

Finalmente, se establece que la Creg deberá fijar mecanismos para aplicar el esquema de liquidación de Obligaciones de Energía Firme (OEF) al Precio de Escasez Inferior (PEI) para las hidroeléctricas existentes, mientras dure la emergencia, con el fin de proteger las zonas afectadas y evitar impactos a otros usuarios del país.

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