Ministerio de Hacienda radicó reforma tributaria en la Cámara de Representantes por $26,3 billones
lunes, 1 de septiembre de 2025
El ministro Germán Ávila presentó el documento ante la secretaría de la Cámara de Representantes. El proyecto busca un recaudo de $26,3 billones
El Ministerio de Hacienda radicó oficialmente el proyecto de reforma tributaria ante la Cámara de Representantes. La iniciativa que busca recaudar $26,3 billones, se presentó a pesar de la ausencia de del secretario de la corporación, quien era el que oficialmente debía recibir el documento.
El ministro destacó que el proyecto es clave, sobre todo para el financiamiento del Presupuesto de 2026, y que permitirá garantizar las finanzas públicas en el corto y mediano plazo.
“Lo que estamos construyendo es un gran pacto fiscal en el cual no solamente atendemos las necesidades de financiamiento para 2026, sino que estamos garantizando a través de esta ley de financiamiento la estabilidad fiscal y macroeconómica para todo el próximo gobierno, independientemente de cuál sea el resultado. Obviamente, nosotros aspiramos a continuar el proyecto de transformación que ha avanzado con el presidente Gustavo Petro en el país. Tenemos la expectativa que Colombia complete el ejercicio de cambio y por eso somos tan altamente responsables en la presentación de este proyecto, porque no es un proyecto para un gobierno, sino que es un proyecto para garantizar la estabilidad a mediano plazo de las finanzas del país”, sentenció el ministro de Hacienda, Germán Ávila, tras la radicación.
¿Los puntos clave del proyecto de ley de financiamiento?
El texto radicado contiene 95 artículos, con la que se busca restablecer el equilibrio entre los ingresos y gastos a partir de 2028, tal como lo contemplaba el Ministerio cuando anunció la suspensión de la Regla fiscal.
En la sustentación del proyecto, aseguran que se fortalecerá el recaudo a partir de la reducción de ciertos gastos tributarios, en ciertos impuestos, además de: “corregir externalidades negativas asociadas al consumo de combustibles fósiles, emisiones de carbono, así como al consumo de bebidas alcohólicas, tabaco, entre otros”.
El Ministerio de Hacienda insistió que las modificaciones que le hará al Estatuto Tributario no afectarán la producción nacional, y que será la hoja de ruta de cómo se hará el gasto público.
Para lograr el objetivo fiscal, el gobierno propone ajustes en el Impuesto al Valor Agregado, consumo, renta, patrimonio, ganancias ocasionales, tributos ambientales, incluso sugiere ajustar temas del funcionamiento de la Dian.
Por ejemplo, en el artículo 2, sobre el impuesto sobre las ventas, en el que agrupan a los negocios con bienes, muebles, activos intangibles como los derechos de propiedad industrial, membresías o derechos de ingreso; hablan de la imposición de impuestos a los juegos de suerte y azar, asegurando que estos se cobrarán al momento de la realización de la apuesta.
“La base gravable del impuesto sobre las ventas en los juegos de suerte y azar estará constituida por el valor de la apuesta, y del documento, formulario, boleta, billete o instrumento que da derecho a participar en el juego”, explican.
Otro de los tributos llamativos es el de los parqueaderos, asegurando que las personas jurídicas, constituidas como propiedad horizontal, son responsables del IVA, no solo por los garajes, sino por la explotación de áreas comunes.
“Se excluirán de lo dispuesto en este artículo, las propiedades horizontales de uso residencial; en consecuencia, no son responsables del IVA”, detallan en el articulado.
Productos y alimentos que serán gravados con IVA
El Ministerio de Hacienda actualizó el listado de los alimentos e insumos agrícolas que tendrían que pagar un IVA de 5%. Entre esos se incluyen: café, trigo, centeno, avena, maíz y arroz de uso industrial, harina de trigo, semillas de algodón, fruto del aceite de palma; aceites de soya, palma, girasol, algodón; salchichón, mortadela, chocolate de mesa, pastas, entre otros.
En el artículo 9 también se agrupan cuchillas de máquinas agrícolas, hortícolas y forestales, carburadores, repuestos para kits de gas vehicular, fumigadoras de uso agrícola, aparatos para la avicultura, descascarilladoras de café; motores y generadores eléctricos para autos, motos y bicicletas eléctricas; además de otras autopartes.
Los licores no se salvaron, y en los artículos 10 y 11 señalan que quedarán sujetos a la tarifa de IVA general, y de 19% que se cobra, cinco puntos se van para el aporte a los departamentos y el aseguramiento en salud.
Otros ajustes
Este era uno de los puntos que ya había dejado conocer el Ministerio de Hacienda y en este apartado se incluyen los impuestos a las iglesias.
“Las iglesias o confesiones religiosas de que trata el presente artículo que obtengan ingresos provenientes del desarrollo de actividades mercantiles serán contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios del régimen ordinario sobre dichas rentas, debiendo separar sus ingresos, costos, gastos y patrimonio de las actividades que mantienen el tratamiento de no sujeto al impuesto sobre la renta”, detalla el articulado.
El artículo 14 detalla que los comisionistas de bolsa de valores, sociedades comisionistas agropecuarios, entre otros commodities e instituciones financieras, deberán aportar 15 puntos adicionales sobre el impuesto de renta y complementarios, elevando su tarifa a 50%.
En ese mismo artículo detallan que al carbón se le adicionarán puntos adicionales en la renta en virtud de las ventas de los últimos 120 meses.
A las personas naturales se les actualizó la tabla para los residentes en Colombia con nuevos rangos y tarifas marginales que van hasta 41%. Se gravan los dividendos a no residentes y entidades extranjeras, 30%; para establecimientos permanentes de extranjeras, 30% cuando provengan de utilidades no gravadas.
Conciertos también serán afectados
El artículo 25 señala que la prestación de servicios de esparcimiento, culturales y deportivos: “son responsables del impuesto al consumo el prestador del servicio de telefonía móvil, datos y/o internet y navegación móvil, el prestador del servicio de expendio de comidas y bebidas, el importador como usuario final, el vendedor de los bienes y servicios sujetos al impuesto al consumo y en la venta de vehículos usados el intermediario profesional”, detalla el proyecto.
A estos servicios se les gravará el IVA con 19% que se carga sobre el total del valor que se cobra, incluyendo las boletas, y demás cobros que se hacen a la hora de adquirir los tiquetes.