Salud

MinSalud publicó un borrador de decreto que fija tarifario para la atención en salud

Colprensa

El documento busca modificar el Manual Tarifario con el que se cobran y se pagan, entre otros, los procedimientos médicos y servicios

María Fernanda Carmona Guzmán

El Ministerio de Salud publicó para comentarios el borrador del decreto para sustituir el manual de régimen tarifario de la salud mediante el cual se definen en un plazo de tres meses los valores de los honorarios que reciben los profesionales de la salud en el país.

Cabe resaltar que desde este martes y hasta el próximo miércoles 1 de mayo el Ministerio de Salud recibirá comentarios para el último proyecto de decreto para modificar el sistema de salud en el país. Dicho tarifario es único para la prestación de los servicios de salud.

Se trata de un documento guía que establece cuáles serán los valores y las tarifas que se pagan y cobran por los servicios y procedimientos de atención médica que se le brindan a los usuarios y pacientes. En concreto, es un sistema de tarifas que sustituye el Manual de Régimen Tarifario incorporado en el Anexo Técnico 1 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social.

Si bien, por ahora la actualización se puso en conocimiento del grupo técnico de la Comisión Asesora de Beneficios, Costos, Tarifas y Condiciones de Operación del Aseguramiento en Salud para recibir los comentarios de rigor.

Los casos concretos en los que aplicaría el tarifario sería en los provenientes por accidente de tránsito, desastres naturales, atentados terroristas y "demás eventos catastróficos definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social. También, en la atención de urgencias de otra naturaleza si no hay acuerdo entre las partes". Asímismo, aplicaría la atención en urgencias de otra naturaleza, si no hay acuerdo entre las partes.

"El presente decreto tiene por objeto establecer el sistema de tarifas y sustituir el Manual de Régimen Tarifario para la atención médica, quirúrgica y hospitalaria de las víctimas de accidente de tránsito, desastres naturales, atentados terroristas y demás eventos catastróficos definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, también en la atención de urgencias de otra naturaleza, si no hay acuerdo entre las partes y, asimismo, establecer las condiciones unificadas de su actualización", dice el documento.

El objetivo principal es “sostener el flujo de recursos con el fin de atender de manera oportuna y suficiente las necesidades en salud de la población” y la actualización que se propone para los procedimientos quirúrgicos e intervencionistas, no quirúrgicos, servicios de internación y transporte asistencial del paciente, contó con la contribución y participación de diferentes actores del sistema.

Además, en el tarifario se incorporarían los costos de los procedimientos en salud asociados a los honorarios de los profesionales de la salud, de los insumos, el uso de equipos y de otros elementos o servicios necesarios para la práctica clínica.

La disposición aplica para la Adres, las aseguradoras autorizadas para expedir el SOAT, los prestadores de servicios de salud públicos y privados y para las empresas de traslado de pacientes.

Por otra parte, frente a los servicios de salud de otra naturaleza por parte de las IPS se determina que “se pagará las tarifas acordadas entre las entidades responsables del pago y los prestadores de servicios de salud según los acuerdos de voluntades celebrados entre las partes”.

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