Laboral

MinTrabajo publicó decreto transitorio que mantiene mínimo de $1,75 millones en 2026

Gráfico LR

Vigencia de decreto estará sujeta a momento que se dicte sentencia sobre proceso de nulidad que se surte en Consejo de Estado

Juan Camilo Colorado

Luego de las movilizaciones en defensa del salario mínimo, en las que el gobierno anunció que el decreto transitorio mantendría el alza de 23% en la remuneración mínima de 2026, el Ministerio del Trabajo publicó el decreto 0159 del 19 de febrero de 2026 con el que se oficializó el ajuste provisional.

La cartera aclaró que la vigencia del decreto estará sujeta al momento en el que se dicte una sentencia sobre el proceso de nulidad que sigue su curso en la sección Segunda, Subsección A, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.

“Ese decreto mantendrá el salario vital de los trabajadores y trabajadoras de Colombia, y argumentará la articulación entre la ley y el carácter prevalente del salario vital y móvil establecido en el artículo 53 de la Constitución Política”, dijo el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, en las movilizaciones del jueves pasado.

Frente a la justificación técnica del ajuste en el salario mínimo, se estableció que la ponderación de los parámetros tenidos en cuenta para la definición del salario mínimo vital, lo establecido en la Ley 278 de 1996 (la inflación, la productividad total de los factores hasta el tercer trimestre del año pasado, la contribución de salarios al ingreso nacional, la contribución de salarios al ingreso nacional mixto ponderado y el dato del PIB previsto para 2025), más el cierre de brecha parcial entre la canasta vital y la del salario mínimo

En relación a los parámetros de la Ley 278, se tuvieron en cuenta una inflación de 5,3%, una productividad de 0,91%, la contribución de 2,81% de los salarios al ingreso nacional y de 1,65% al mixto ponderado y un crecimiento esperado de la economía en 2025 de 2,9%. La suma de estos parámetros es de 13,9%.

Para calcular la diferencia entre la canasta vital y la de la remuneración mínima, la cartera de Trabajo consideró una canasta por persona para un salario vital es de $873.441 establecida por la Organización Internacional del Trabajo y una canasta por persona para un salario mínimo de 2025 de $711.750.

Los cálculos técnicos del ministerio dieron como resultado una brecha de 9,4% entre la canasta por persona con el mínimo vital y con la previsión inicial de canasta por persona con el mínimo de 2025. El ajuste de 23% viene de la suma del ajuste que resultó de los parámetros de la Ley 278 de 1996 y la brecha del salario vital ya mencionada. La ponderación de ellos es de 59% y 41% respectivamente.

El incremento propuesto por el Gobierno para 2026 se traduce en $327.405, de $1.423.500 en 2025 a $1.750.905 para 2026. El auxilio de transporte seguirá siendo de $249.095, para un total cercano a $2 millones.

"En atención al criterio de cierre progresivo de la brecha hacia un ingreso de suficiencia, el incremento de 23% se determinó con base en las condiciones y cifras disponibles para 2025, de manera que la brecha pendiente estimada se sitúa 4,54%", concluyó el ministerio.

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