Economía

Norma modifica la evaluación de competencias vigente para los docentes

Colprensa

Lo primero a decir es que no todos los docentes están sujetos a evaluación, sólo es obligatoria para los docentes incorporados a la docencia a partir de 2002, es decir, excluye a la mayoría escalonados según el decreto ley 2277 de 1979. 

A partir de ahora, ya no se realizarán exámenes estandarizados para evaluar conocimientos propios exigibles a los docentes del nuevo estatuto. Tal evaluación se modifica sustancialmente, a través del desarrollo de cuatro componentes: Una valoración de un video sobre el desarrollo de una clase, que vale el 80%; una autoevaluación que hace el docente evaluado con valor equivalente al 10%; una valoración del desempeño hecha por el directivo docente correspondiente que valdrá el cinco por ciento y finalmente una evaluación que harán los estudiantes y que valdrá otro cinco por ciento. 

Ya no existirá pruebas escritas estandarizadas como se venían realizando, exámenes que ya han “perdido” aproximadamente 40.000 docentes en todo el país, que se ganaba con un 80% y era requisito para los ascensos en el escalafón, previa la existencia de recursos o la disponibilidad presupuestal para asumir los costos correspondientes. Todo esto desaparece. Ahora entra en vigencia el sistema de evaluación diagnóstica formativa, es decir, la nueva no será punitiva y no concluye con la posible exclusión del Magisterio de quienes la pierdan. 

VIDEOS CLASES 

Ahora, los docentes que han perdido las evaluaciones de competencias desde 2010, en el curso del presente mes de septiembre serán convocados a las nuevas evaluaciones que deben comenzar con la realización de un video que registre los momentos de una clase. Su contenido será evaluado por dos pares de profesionales de la docencia, uno de ellos del departamento donde labora el docente y otro de un departamento distinto. 

Los costos de la filmación de la video-clase pueden ser asumidos por el docente interesado o por recursos estatales. Incluirá información del contexto para suministrar información sobre características del medio y de los estudiantes; aspectos que evidencien la formación pedagógica y didáctica del evaluado; sus conocimientos sobre la asignatura que enseñe. Al final del video registrará comentarios y reflexiones sobre la experiencia. 

Es una actividad evaluativa que implica la formación previa de pares académicos evaluadores de este nuevo sistema; la convocatoria de estas evaluaciones para quienes no han superado las pruebas de competencias ya realizadas. Hay costos que habrá que prever y aportar por parte del Ministerio de Educación Nacional. En síntesis, es posible que la implementación de este modelo de evaluación no se haga tan pronto como se ha pensado y acordado. Porque, además, el número de docentes que la solicitarán será bastante grande, 40.000 en todo el país y por lo menos cuatro mil en el Tolima. 

Se espera que la convocatoria para esta evaluación a docentes que no han presentado la prueba de competencias, se realice en el curso del primer semestre de 2016 y hasta entonces, los ascensos en el escalafón estarán congelados. 

LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO 

Se deduce que la evaluación anual de desempeño laboral para los docentes y directivos docentes escalonados según el decreto 1278 se seguirá realizando. Así lo ratifica el decreto 1075 de mayo 26 pasado, norma bastante extensa que compila la legislación escolar expedida hasta ahora y en la práctica se convierte en el Código Educativo que se esperaba desde la vigencia de la Ley de Educación 115 de 1994. 

Se entiende que esta evaluación tampoco conduce a la sanción de los docentes que resulten mal evaluados. Los resultados de las que se han realizado, poca información útil suministran sobre la calidad de los docentes en ejercicio. Porque en la práctica, cada docente o directivo docente se autocalifica, de ahí que se ubiquen en el rango de desempeño sobresaliente, es decir, con puntajes entre 90 y 100. Si así fuere, por lo menos en el caso de Ibagué, tendríamos los mejores docentes del país. 

Esta evaluación de desempeño está dirigida a evaluar el desempeño laboral de estos profesionales en cuanto a la “ponderación del grado de cumplimiento de sus funciones y responsabilidades”, agrupadas en competencias funcionales y comportamentales, las primeras con una ponderación del 70% y las otras con un 30%.
Quedamos, entonces, a la expectativa de los efectos del nuevo modelo de evaluación de los docentes, que remplaza la evaluación de competencias que estaba vigente.