Hacienda

Petro dijo que ganancias de la banca crecieron por alza constante de la tasa del Emisor

Presidencia

El presidente aseguró que el paquete de decretos de la emergencia económica buscan recursos de empresas de acumulación rentística

Sara Ibañez Pita

Nuevamente, el presidente Gustavo Petro afirmó que el sector financiero ha crecido más y obtenido mayores ganancias gracias al alza “permanente” de la tasa de interés por parte del Banco de la República. El pronunciamiento del jefe de Estado se dio a raíz de las reacciones que generó el Decreto 0173 de 2026, con el cual el Gobierno estableció nuevas tarifas de impuesto al patrimonio para personas jurídicas y sociedades de distintos sectores.

"El sector financiero tiene en los últimos años un crecimiento inusitado de ganancias derivado del alza permanente de la tasa de interés real", precisó el mandatario por medio de su cuenta de X.

El jefe de Estado también afirmó que la emergencia económica declarada en razón de la crisis climática y el rebose de varios embalses, "busca recursos de empresas de acumulación rentística no productiva en el sector financiero y extractivo minero energético, de tal manera que haga el daño menor posible a la producción real".

El nuevo impuesto al patrimonio se fijó con la expedición del Decreto 0173 de 2026, con el cual el Ministerio de Hacienda y de Crédito Público adicionó el numeral 6 al artículo 292-3 del Estatuto Tributario e indicó que la medida aplicará para la vigencia de 2026 y cobijará a personas jurídicas y sociedades de hecho que sean contribuyentes del impuesto sobre renta y complementarios.

En el artículo 2 de la norma, el Ejecutivo señaló que el gravamen se genera por la tenencia de un patrimonio que, al 1 de marzo de 2026, sea igual o superior a 200.000 UVT, equivalentes a $10.474 millones, bajo un concepto de patrimonio líquido "calculado tomando el total del patrimonio bruto del contribuyente poseído en la misma fecha menos las deudas a cargo del contribuyente vigentes en esa fecha".

La tarifa aplicable será de 0,50% y regirá para instituciones financieras, aseguradoras, sociedades comisionistas de bolsa y agropecuarias, bolsas de productos agroindustriales y proveedores de infraestructura del mercado de valores. Por su parte, se aplicará una de 1,6% para personas jurídicas que desarrollen actividades de extracción de hulla, lignito o petróleo crudo.

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