Plataformas de video en streaming deberán tener sección de contenido colombiano
miércoles, 11 de marzo de 2020
El borrador estará abierto para comentarios hasta el 27 de marzo
Mario Chaves Restrepo
La ministra de las TIC, Sylvia Constaín, anunció el borrador de decreto reglamentario del artículo 154 del Plan Nacional de Desarrollo, según el cual, a partir de este año, las plataformas de video bajo demanda deberán disponer en Colombia de una sección en la que se incluyan las obras audiovisuales de origen nacional.
El ministerio aclaró en el comunicado de prensa que “la medida no es una cuota mínima de contenido nacional, es una sección que visibiliza las producciones colombianas para que tengan cada vez mayor participación en las plataformas de video por demanda a través de internet”.
A partir de la publicación, los interesados tendrán abierta hasta el 27 de marzo la posibilidad de hacer comentarios y sugerencias para que pueda ser mejorada la iniciativa. El correo para hacer llegar los comentarios es reglamentacion154@mintic.gov.co.
“Todas estas plataformas tendrán una sección exclusiva que destaca el contenido colombiano, tal como sucede hoy con producciones de EE.UU., España, y otros países. Es una oportunidad para visibilizar las producciones nacionales: ganan libretistas, actores, directores, técnicos. Gana la industria nacional”, explicó la representante Catalina Ortiz, autora de la propuesta, y quien estuvo con la ministra Constaín en el foro “Contenido colombiano en plataformas de video bajo demanda”.
De acuerdo con cifras de la CRC, cerca de 42 % de los colombianos son suscriptores de plataformas digitales de video bajo demanda (OTT).