Comercio

Productos con medidas antidumping presentarán certificado de origen

Cortesía Celsía

Medida también aplica a salvaguardias

Laura Lucía Becerra Elejalde

Por medio de un nuevo decreto, el 637 de este año, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo anunció que en adelante los productos que estén cobijados con derechos antidumping vigentes y con medidas de salvaguardias deberán presentar para su ingreso al país un Certificado de Origen No Preferencial, con el objeto que demuestren que los bienes provienen del país de origen declarado.

Según comunicó la cartera de comercio, esta certificación servirá para evitar la elusión de estas medidas, dado que algunos importadores, cobijados por mecanismos de defensa comercial, alteraban el origen de sus productos y afirmaban que procedían de otros países para eludir el sobrearancel aplicado en la aduana.

Según explicó el Ministerio de Comercio, “las salvaguardias puede expresarse a través de un gravamen arancelario o limitado a un cupo de importación” , y son aplicadas cuando se determina que las importaciones de cierto producto aumentaron y se realizan en condiciones tales que “causan o amenazan causar un daño grave a la rama de producción nacional que elabora productos similares o directamente competidores”.

En el caso de que se trate de un mercado con el que hay TLC vigente, se habla de aplicación de salvaguardia bilateral.

Por su parte, las medidas antidumping corresponden a un derecho de aduana que aplica a productos importados. Según el Ministerio, a través de ellas se restablecen las condiciones de competencia, “evitando que los precios de los productos provenientes de la importación afecten al mercado nacional, lo que puede expresarse o puede adoptar la forma de un porcentaje ad-valorem o un precio base o mínimo del producto que debe acatar el importador”.

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