Transporte

Inició tránsito para transporte de servicio público y pasajeros en corredor al Llano

Agencia Nacional de Infraestructura

La decisión se tomó tras la última reunión del Puesto de Mando Unificado convocado por la Ungrd y el Ministerio de Transporte

Juliana Trujillo Velásquez

La Agencia Nacional de Infraestructura, ANI, y Coviandina, informaron que permitirán el tránsito vehicular para el transporte del servicio público y especial de pasajeros. Esto se realizará siempre y cuando existan condiciones climáticas y de seguridad que así lo permitan.

La decisión se tomó tras la última reunión del Puesto de Mando Unificado, PMU, convocado por la Ungrd y el Ministerio de Transporte. El 27 de septiembre fue el primer día de lo que se denominó como el inicio de la Fase 4A del Plan de Contingencia Operativa, PCO.

El PCO es la hoja de ruta que establece las condiciones en las cuales funciona actualmente el corredor Bogotá - Villavicencio, y es de estricto cumplimiento, por todos los actores involucrados (usuarios, entidades, y comunidad aledaña).

Operación actual de la vía

Existe un cierre total en el tramo K44+700-K50+100, en el que se mantiene un paso bidireccional por el túnel Renacer. También hay un paso a un solo carril por los puentes metálicos 1 y 2. Hay cierres intermitentes en condición de lluvia intensa o leve de larga duración en el tramo comprendido entre el K54+000 y el K58+900.

Hay paso a un carril a la salida del túnel 1 en la incorporación a la calzada existente a la altura del viaducto existente de Chirajara. Se presenta un cierre total del tramo comprendido entre el K69+350 y el K70+780, que obliga a pasar el tráfico unidireccional entre el K54+000 y el K72+000 o en caso de caída de material entre el K56+400 y el K56+800 a través de los túneles nuevos entre el peaje de Naranjal y la Intersección Mesagrande.

Vehículos no autorizados

No están autorizados para el tránsito aquellos vehículos de carga con PVB mayor a 52 toneladas y los de las configuraciones C2- S2, C2-S3, C3-S2, C3-S3, C2-R2, C3-R2 que excedan el PBV (sin tolerancia positiva)

Tampoco están autorizados aquellos con cargas extradimensionadas con ancho mayor a tres metros, y con camacunas con altura inferior a 60 cm.

Restricción de carga

Los vehículos de transporte de pasajeros y de uso particular, en caso de cierre; deberán buscar un sitio seguro que les garantice los servicios de alimentación y sanitarios mientras se habilita el paso nuevamente. Los vehículos de carga deben mantener las vías sin obstrucción de los carriles, ocupando la berma en calzadas bidireccionales y en calzadas unidireccionales manteniendo siempre libre el carril izquierdo.

La autoridad de tránsito del tramo donde se presente el cierre exigirá el cumplimiento de estas medidas en sitio y los actores viales deberán acogerse a dichos lineamientos en forma obligatoria, máxime si el
cierre se produce en horario nocturno y no hay horario estimado de apertura. Los conductores de los vehículos son los responsables por la seguridad de sus ocupantes y la prestación integral de los servicios de alimentación y sanitarios.

También se destinaron unos horarios de restricción para el paso de carga. En los fines de semana normales, no podrá pasar carga los domingos, de 3:00 p.m. a 10:00 p.m. En los puentes festivos, hay restricción los viernes de 3:00 p.m. a 10:00 p.m., los sábados de 6:00 a.m. a 4:00 p.m., los domingos de 4.00 p.m. a 10:00 p.m. y los lunes de 12:00 p.m. a 01:00 p.m. del martes.

Para la semana de receso escolar, habrá restricción el viernes de 3:00 p.m. a 10:00 p.m., el sábado de 6:00 a.m. a 4:00 p.m. y el domingo de 12:00 p.m. a 01:00 p.m. del martes.

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