Reactivación de los entes territoriales, entre las apuestas de la reforma tributaria
lunes, 13 de septiembre de 2021
La nueva ley de inversión social incluye medidas de mayor acceso a recursos mediante la flexibilización de los parámetros de deuda
Luego de que fuera aprobado en el Congreso, el proyecto de inversión social está a una firma de convertirse en Ley de la República. Los entes territoriales han sido de los grandes ganadores con esta iniciativa, pues se incluyeron varios puntos que buscan apoyar su reactivación.
En términos generales, los municipios, ciudades capitales y departamentos tendrán acceso a mayores recursos y apoyos, a través de la flexibilización de los parámetros de endeudamiento.
Por ejemplo, bajo el artículo 29 las entidades territoriales y sus descentralizadas podrán contratar créditos de tesorería con entidades financieras durante las vigencias fiscales de 2021, 2022 y 2023, con el fin de atender insuficiencias de caja de carácter temporal.
En esa misma línea, el artículo 33 establece que los entes territoriales podrán acceder a créditos directos con la Financiera de Desarrollo Territorial (Findeter).
“Esta ley permite que Findeter les otorgue créditos directos a las entidades territoriales, ese crédito debe ser usado para financiar gastos y proyectos de inversión en sectores sociales. Adicionalmente, se plantea que durante las vigencias fiscales de 2021, 2022 y 2023 puedan contratar con entidades financieras créditos de tesorería”, dijo Pedro Sarmiento, socio director de impuestos y servicios legales de Crowe Colombia.
Bajo el artículo 52 el Gobierno creará líneas de crédito con tasas compensadas, a través de Findeter y Bancóldex, para que tanto las empresas, como las entidades territoriales puedan invertir en proyectos productivos que contribuyan a la reactivación del país.
Mientras que mediante el artículo 31, las entidades territoriales de categoría especial, primera y segunda podrán utilizar, de manera transitoria, los excedentes de liquidez de recursos con destinación específica, que deberán ser reintegrados en la misma vigencia fiscal.
Otro de los puntos que contribuirá a la recuperación económica y social en las regiones es el 34, que amplía el mecanismo de obras por impuestos. Así, los contribuyentes podrán pagar sus obligaciones a través de la realización de obras, en principio, en los municipios considerados como los más afectados por el conflicto armado (Zomac).
“Se amplía el ámbito de aplicación territorial de la figura de Obras por Impuestos que está directamente vinculado a la prestación de servicios públicos domiciliarios como agua y saneamiento o energía eléctrica en zonas del país que tienen deficiencias en este aspecto”, anotó el presidente de Andesco, Camilo Sánchez.
Tal como ya lo habían pedido algunos alcaldes y gobernadores, el proyecto de ley también incluyó un artículo que apoya la recuperación de los sistemas de transporte masivo y estratégicos. Se trata del 28, que establece que, junto con las entidades territoriales, se podrán establecer esquemas de cofinanciación, para los sistemas integrados de transporte masivo, luego de que estos registraran grandes déficits operacionales, dada la disminución en el flujo de personas por las cuarentenas estrictas en medio de la pandemia.
“El Gobierno propuso, y se aprobó en el Congreso, la cofinanciación de hasta 50% del déficit operacional o de implementación certificado por cada ente gestor del sistema de transporte masivo o estratégico respectivo. El monto de cofinanciación será girado por el Ministerio de Hacienda al ente gestor y lo anterior será con cargo al Presupuesto General de la Nación”, explicó Sarmiento.
Por otro lado, las entidades territoriales también recibirán ingresos por cuenta de las medidas adoptadas para facilitar el pago de las obligaciones fiscales y el pago de multas de tránsito.
Esta medida no solo beneficiará a los ingresos en las regiones, sino que también les permitirá a los contribuyentes ponerse al día con sus obligaciones pendientes.
“La Ley de Inversión Social contempla una reducción de cerca de 50% para quienes tienen comparendos de tránsito pendientes por pagar, siempre y cuando hayan sido aplicados antes del 30 de junio de 2021”, explicó el jefe de la Cartera de Hacienda, José Manuel Restrepo.
Además de las facilidades de pago de las multas de tránsito, entre las disposiciones que benefician a los contribuyentes están el impuesto de normalización tributaria y las facultades que se le dan a la Dian para que pueda terminar por mutuo acuerdo los procesos administrativos, en materia tributaria, aduanera y cambiaria.