Segundo idioma no será obligatorio para sacar tarjeta profesional de guía turístico
sábado, 28 de agosto de 2021
El Ministerio de Comercio se alista para cambiar la reglamentación de esta actividad. En el país hay 1.800 guías profesionales
Alejandro Pastrán
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, alista ajustes a la reglamentación del guionaje turístico en el país estableciendo nuevos requisitos para requerir la tarjeta profesional y eliminando otros frente a la normatividad vigente hasta el momento.
El principal cambio, que ya se había planteado en la Ley 2068 de 2020, será el de eliminar la exigencia de un segundo idioma para poder ejercer esta actividad en el territorio nacional.
Al respecto, el Ministerio de Comercio explicó que "anteriormente, las únicas maneras de obtener una tarjeta profesional de guía de turismo eran la obtención de un título del nivel tecnológico de guía de turismo en el Sena o la homologación de títulos profesionales en áreas afines. Además, se requería que se acreditara el conocimiento de un segundo idioma".
"Estas restricciones dificultaban la entrada de guías que, aun teniendo los conocimientos y habilidades necesarios para prestar servicios de calidad a los turistas en determinados lugares del país, no podían hacerlo", agregó la cartera.
La nueva ley, que está ahora en proceso de reglamentación, permite también acreditarse mediante el Sistema Nacional de Cualificaciones, con un especial énfasis en el reconocimiento de aprendizajes previos, e igualmente por medio de otros certificados reconocidos por el Ministerio de Educación Nacional.
Pese a eliminarse este requisito, los guías podrán especificar en su tarjeta profesional los idiomas que saben hablar. Por otro lado, será necesario que quienes quieran ejercer esta actividad obtengan las cualificaciones que determine el ministerio además de las certificaciones por competencias laborales.
Para Paula Cortés, presidenta ejecutiva de Anato, los cambios van acorde a las necesidades del mercado, "estamos consultando con las Agencias de Viajes Operadoras para complementar aspectos que ayuden a analizar el alcance de la normatividad, donde se destacan aspectos tan relevantes como, las funciones del Guía de Turismo, las obligaciones y derechos, sobre la tarjeta profesional y condiciones para la expedición del mismo".
Añadió que "aborda aspectos de gran importancia como mantener vigente la inscripción en el Registro Nacional de Turismo, sobre el deber de informar el idioma en el que prestará el servicio, el tiempo de duración, número máximo del grupo que integrará el servicio, las condiciones del objeto de la visita, los riesgos, entre otros".
Cortes reveló que actualmente “hay más de 1.800 guías profesionales de turismo identificados con Registro Nacional de Turismo y que son clientes potenciales, de las agencias de viajes operadoras, que son un total de 4.170 al mes de julio del presente año”.
La presidenta de Anato agregó que “ el fortalecimiento de los guías es indispensable para la actividad del agente de viajes. La posibilidad de mejorar sus condiciones, está proporcionalmente ligada con la calidad de la oferta en la prestación del servicio”.
Por su parte, para el MinComercio este cambio en las reglas "permitirá ampliar la oferta del guionaje de turismo, especialmente en los lugares apartados donde el conocimiento local es importante para prestar a los turistas un servicio seguro y de calidad".
¿Qué viene ahora?
El Ministerio de Comercio explicó que ahora "se debe evaluar los comentarios que lleguen e indicar las razones por las cuales se acogen o no se acogen. Esta etapa de comentarios es un elemento fundamental de participación ciudadana en los procesos de reglamentación. Una vez se haya modificado el proyecto de decreto, este entra a revisión jurídica y posteriormente a firmas por los ministros correspondientes y por el señor presidente de la República. Si bien no hay tiempos exactos para el decreto, se espera que sea expedido antes de terminar el año.".