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Superfinanciera confirmó sanción a Coltefinanciera y fijó multa por $295,5 millones

Superfinanciera

La entidad financiera fue sancionada por falencias en los procesos de aprobación de dos personas expuestas políticamente y en el monitoreo de determinados usuarios

Tabata Martínez Arévalo

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La Superintendencia Financiera de Colombia confirmó la sanción impuesta a Coltefinanciera por incumplimientos relacionados con su Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (Sarlaft), aunque redujo el valor de las multas inicialmente establecidas.

"La sanción se fundamentó en dos cargos relacionados con falencias en los procesos de aprobación de dos personas expuestas políticamente (PEP), así como en el monitoreo de determinados usuarios, identificadas en el marco de una visita realizada por la Superintendencia Financiera de Colombia a principios de 2024", explicó Coltefinanciera.

De acuerdo con la información entregada por Coltefinanciera, la decisión quedó consignada en la Resolución No. 1299 del 7 de septiembre de 2026, mediante la cual la Superfinanciera resolvió el recurso de apelación presentado por la compañía contra la sanción de primera instancia.

El proceso se originó en una visita realizada por la Superintendencia Financiera a principios de 2024, en la que fueron identificadas falencias relacionadas con los procedimientos de aprobación de dos personas expuestas políticamente (PEP), así como con el monitoreo de determinados usuarios.

La sanción inicial había sido impuesta mediante la Resolución No. 1717 del 11 de septiembre de 2025. Tras analizar los argumentos presentados por Coltefinanciera en el recurso de apelación, el organismo de vigilancia confirmó la decisión, pero redujo las multas.

Como resultado, el valor total de las multas quedó establecido en $295.560.362, recursos que deberán ser destinados al Tesoro Nacional.

La compañía, sin embargo, anunció que continuará controvirtiendo la decisión. Según informó, ejercerá las acciones judiciales pertinentes ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo con el objetivo de discutir la legalidad de la sanción.

El caso se relaciona específicamente con las obligaciones de la compañía en materia de prevención y gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, dentro de los controles establecidos por el Sarlaft.

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