Superintendencia de Transporte abrió investigación a tres secretarías de movilidad
miércoles, 31 de marzo de 2021
Las entidades de Bogotá, Cartagena y Magdalena habrían puesto en operación cámaras de fotodetección sin cumplir los requisitos
Valentina Acosta Fonseca
La Superintendencia de Transporte formuló cargos contra la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá, la Secretaría de Tránsito y Transporte de Cartago y la Oficina de Tránsito y Transporte de Magdalena.
Según la entidad, estas secretarías de movilidad presuntamente instalaron y pusieron en operación en su jurisdicción Sast sin contar con la autorización previa y/o sin tener la señalización adecuada que advierta de su presencia cámaras de fotodetección.
De igual manera, 14 organismos de control de tránsito de toda Colombia están siendo investigados por los mismos motivos, mientras que la SuperTransporte revisa la situación de los sistemas de fotodetección utilizados por 40 organismos de tránsito en diferentes regiones del país.
El Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, precisó que “los organismos de tránsito tienen que ser conscientes que si colocan sistemas sin autorización se exponen a sanciones por parte de la SuperTransporte, sin perjuicio de otras consecuencias legales. La entidad continuará escuchando a los ciudadanos para investigar a quien esté infringiendo la Ley”.
Los 40 organismos de tránsito a los que se le abrió investigación preliminar corresponden a los municipios de Barranquilla, Aguachica, Palmira, El Rosal, Sabaneta, Sibaté, Floridablanca, Piendamó, Cartago, Santander de Quilichao, Fundación, La Estrella, Fonseca, Bello, Guasca, Soacha, Mosquera, Barrancabermeja, Turbaco, Envigado, Medellín, Ciénaga, Bogotá, Villeta, Cota, Los Patios, San Juan Nepomuceno, Cali, Arjona, Cajicá, Clemencia, Galapa, Planeta Rica, Codazzi, Yotoco, Yumbo y La Dorada, y los departamentos de Atlántico, Magdalena y Cundinamarca (Sede Operativa Chocontá).
En caso de que los organismos de tránsito sean encontrados responsables por los incumplimientos de los criterios técnicos y tecnológicos aplicables a los Sast, se podrán suspender las ayudas tecnológicas hasta tanto estos cumplan con la norma. En cuanto al no suministro de información, los investigados podrán ser multados hasta con 700 salarios mínimos mensuales legales vigentes.