Transporte

Suscriben plan para transporte con Venezuela y medidas rigen desde el 9 de febrero

Entre algunas de las normas para los conductores, se debe contar con la licencia de conducción y el Soat vigente, dice el Ministerio

Juliana Trujillo Velásquez

El inicio de 2023 se vio marcado por el anuncio de la apertura de la frontera con Venezuela, esto se logró después de siete años de estar cerrados los pasos fronterizos con el vecino país. Por eso, a lo largo de enero el Ministerio de Transporte ha venido trabajando en la regulación para garantizar que los ciudadanos de ambos países puedan circular por la zona.

A partir del próximo 9 de febrero empezarán a regir nuevas normas que los conductores deben tener en cuenta si quieren ingresar al país desde Venezuela.

Guillermo Francisco Reyes González y su homólogo, Ramón Velázquez, suscribieron el Plan Operativo para la Reactivación Gradual del Transporte Internacional de Carga y Pasajeros por Carretera. Con esto, las autoridades nacionales y regionales colombianas expidieron el Instructivo Integral de Frontera para el tránsito de vehículos extranjeros, el cual tendrá una transición de 8 días para su socialización.

El ministro Reyes manifestó que “esta decisión, que fue tomada por los presidentes Gustavo Petro y Nicolás Maduro, privilegia la integración de los dos países y el intercambio comercial por carretera, fundamental para la reactivación económica de los sectores productivos de Colombia y Venezuela”.

La socialización del plan iría hasta el 8 de febrero, y a partir del 9 de febrero empezarían a regir las nuevas normas. Para el ministerio, estas beneficiarán al transporte internacional y mejorarán las condiciones de otras modalidades para la movilización.

“Es importante resaltar que, estos procesos se realizarán bajo una exhaustiva evaluación del desarrollo de la operación comercial, pensando primero en el desarrollo económico de transportadores y la población
ubicada en la frontera”, agregó el ministro.

El Instructivo Integral de Frontera establece los siguientes requisitos para la movilidad por la zona fronteriza, de acuerdo al tipo de transporte. Todos deben portar con la licencia de conducción y el Soat vigente. En cuanto a normas específicas, los conductores de vehículos particulares deben de tener en cuenta que si el tránsito por el país es inferior a tres meses, no requerirá de la revisión técnico- mecánica y de gases. El vehículo debe estar en óptimas condiciones mecánicas y de seguridad.

Los motociclistas que quieran ingresar por Venezuela deben cumplir el porte obligatorio de casco y chaleco reflectivo. Se prohibió la circulación de pasajero o parrillero hombre en la unidad territorial que corresponda.

Para los conductores de buses, es importante resaltar que el vehículo no puede superar los 24 años. Debe estar
matriculado desde el 15 de marzo de 2000, de acuerdo a la Ley 2198 de 2022.

Los taxis deben de contar con un permiso o tarjeta de operación, y el propietario del vehículo debe registrarse en el área metropolitana o ante la autoridad de transporte competente para facilitar las labores de inspección, vigilancia y control tanto del orden territorial como nacional.

Para el transporte internacional de carga, se debe contar con la revisión técnico mecánica y un manifiesto de Carga Internacional expedido por la empresa autorizada. La carga deberá ser descargada y/o transbordada a los depósitos y almacenadoras habilitadas que se encuentren ubicadas en un rango no superior a veinte kilómetros contados desde la frontera.

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