Hacienda

Tarifas de seguridad privada y administración de conjuntos afectadas por el salario

Gráfico LR

La Superintendencia de Vigilancia fijó los precios base para los cobros de las empresas de vigilancia que regirán durante 2025

Mateo Medina Ariza

La Superintendencia de Vigilancia presentó la circular que define los ajustes tarifarios para la contratación del servicio de seguridad privada en 2025.Los precios se fijan en virtud al incremento salarial, teniendo en cuenta que esto está indexado con el sueldo decretado por el Gobierno, aunque dependiendo el contratante se adicionan otros cobros.

Cabe señalar que la tarifa mínima es de 9,14 salarios mínimos, es decir poco más de $13 millones. A esto se le suma el valor de la prima del seguro de vida, y dependiendo el servicio aplica un porcentaje por concepto de administración y supervisión.

Para el caso de los conjuntos residenciales, la tarifa se fija dependiendo el estrato. Para los que están entre los estratos 4, 5 y 6, lo mínimo que se cobra son 9,14 salarios mínimos, más 10% por administración y supervisión.

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Es decir, un servicio de vigilancia 24 horas, los 30 días del mes le cuesta mínimo $14,3 millones a estos estratos. En contraste, para estratos 1, 2 y 3, el precio deberá garantizar al trabajador el pago de las obligaciones laborales y los costos operativos, es decir $13 millones más la prima del seguro de vida.

Si se pregunta cuáles son los gastos de administración y supervisión, son aquellos que se adicionan dependiendo el servicio que requiera, por ejemplo, si necesita guardas de seguridad sin armas le corresponde un cobro de 8% adicional, si lo requiere con armas es de 10% y si demanda asistencia con medios caninos el extra es de 11%.

Tenga presente que esta tarifa se modifica en el segundo semestre del año, según lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley 2101 de 2021 y el Decreto 1561 de 2022. Para ese momento la tarifa mínima pasa a ser de 9,29 salarios mínimos, es decir $13,2 millones.

Para el caso de sectores públicos, educativos, comerciales, entre otros, no residenciales, son sujetos a la tarifa mínima, más el porcentaje de gastos administrativos y de supervisión, es decir, en el primer semestre les costará, como mínimo $13 millones y en la segunda mitad del año el costo asciende a $13,2 millones.

Esto le pega a las cuotas de administración de los conjuntos residenciales, pero esto si no lo fija la Superintendencia de Vigilancia, la tarifa se contempla según la Ley 675 de 2001, que señala que ese cobro se calcula con el índice de participación de cada apartamento, es decir, el valor se afecta proporcionalmente con los costos de algunos servicios, como el de seguridad.

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