Economía

Vehículos que trasporten alimentos y materiales de construcción no tendrán restricción en diciembre

La Administración Distrital a través de la Secretaria de Movilidad, celebra la participación de los diferentes gremios y sectores productivos con el fin de trabajar en un modelo de ordenamiento logístico de carga para mejorar la movilidad de la ciudad.

Dado al compromiso, la Administración Distrital ajustó los horarios y las excepciones expresadas en el decreto 568, teniendo en cuenta las característicasde las diferentes cadenas productivas, con el fin de facilitar las condiciones de operación de éstas, especialmente para esta época decembrina.

En consecuencia tanto la Administración Distrital como los diversos sectores productivos de la ciudad se comprometen a conformar una mesa de trabajo y concertación con el fin de trabajar mancomunadamente en el modelo de ordenamiento logístico de carga que deberá operar en la ciudad a partir del 1 de mayo del 2013.

Los tres cambios esenciales son:

1. Los vehículos de carga de más de 7 toneladas desde el 18 de diciembre hasta el 15 de enero, no circularan entre las 6:00 am y las 9:00 am horas y entre las 17:00 pm y las 19:30 pm. El cargue y descargue estará restringido en ese mismo horario en adelante.

2. Los vehículos que trasporten alimentos y bebidas, materiales de construcción y combustibles terminados ( gasolina, diesel y combustibles de aviación) no serán sujetos de la restricción.

3. Se habilitará un corredor para la circulación de vehículos que transporten sustancias peligrosas o combustibles diferentes a los ya señalados, en la Autopista al Llano, av. Boyacá y calle 13, entre 6:00am y 9:00 am, adicional al horario señalado en el decreto 568.