Comercio

Así funcionarán las medidas anunciadas por el Gobierno para reconstruir las mipymes

Gráfico/LR

El balance del Gobierno estima daños en los negocios y empresas en hasta $10,7 billones, afirmando que aproximadamente 40,4% de las empresas afectadas tuvo que cerrar u operar en cero

David Gómez Goyeneche

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Tras el terremoto del 10 de agosto de 2026, y como lo anunció el Gobierno de Abelardo de la Espriella, se anunció un paquete de medidas extraordinarias que, según indica el Gobierno, tienen como obejtivo para la reactivación y reconstrucción de las Mipymes y comercios de los departamentos afectados por el sismo de 7,4 de maginitud, esto por medio de las cámaras de comercio.

Y es que el balance del Gobierno estima daños en los negocios y empresas en hasta $10,7 billones, afirmando que aproximadamente 40,4% de las empresas afectadas tuvo que cerrar u operar en cero, lo que pondría 1,9 millones de puestos de trabajo en riesgo.

Por lo tanto, por medio del Decreto 1418 de 2026, el Gobierno central permite a todas las cámaras de comercio del país redirigir temporalmente sus recursos para financiar proyectos de reconstrucción, tecnología y reactivación de los negocios afectados, además de contratar de forma ágil, como privado, pero debiendo radicar su plan de destinación ante el Ministerio de Comercio y someterse a un seguimiento trimestral presentado al Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo.

Gráfico/LR

Para las empresas afectadas en las zonas de emergencia, se oficializaron medidas exprés, tales como venta rápida de propiedades s aprobándolo en una reunión rápida con mayoría simple, reducir su capital sin pedir permiso previo a la Superintendencia de Sociedades o pagar deudas o ganancias a sus trabajadores o socios usando acciones de la misma empresa, esto cumpliendo límites de pago en especie.

Según especifica el Decreto, las medidas cobijan a los municipios declarados en emergencia en 16 departamentos, es decir, Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Norte de Santander, Bolívar, Nariño, Sucre, Santander y Caquetá, así como a los territorios que incorpore la Ungrd de verlo necesario.

Para acceder a los beneficios, las empresas e independientes deben certificar su afectación ante las Cámaras de Comercio o mediante el registro de la Ungrd, ordenando a las entidades consultar bases de datos públicas e interoperables para evitar trámites innecesarios.

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