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Empresas no podrán exigir beneficios por contratar a discapacitados

Colprensa

La sala plena de la Corte Constitucional determinó que el sector privado no puede exigir una rebaja en los impuestos por contratar personas en condición de discapacidad.

La determinación del alto tribunal se tomó luego de declarar exequible el proyecto de Ley Estatutario, que contempla ampliar los derechos y beneficios para la población con discapacidad.

La Corporación advierte que en el único caso en donde las empresas que contraten con discapacitados, reciban incentivos tributarios, será cuando estos  sean avalados por el Congreso de la República.
Los beneficios que gozaban algunas empresas por contratar con la mencionada población estaban contemplados en un aparte del estatuto tributario, el cual  fue declarado inconstitucional.
Para el Alto tribunal, el ministerio de Hacienda no tiene facultades para entregar los descuentos tributarios a las empresas, recalcando que solo es competencia del Congreso.