Judicial

La Superintendencia de Sociedades decretó liquidación judicial de Go Five S.AS.

La República

Meses antes el mismo organismo había ordenado que Go Five suspendiera sus actividades de multinivel.

Joaquín Mauricio López Bejarano

Hace unos meses la Superintendencia de Sociedades le había ordenado a la compañía Go Five, suspender sus actividades como multinivel luego de encontrar inconsistencias en contratos que tenía la sociedad.

Ahora, el mismo organismo decretó la liquidación judicial, la decisión se da tras la solicitud de la Delegatura para Inspección, Vigilancia y Control, luego de la práctica de investigaciones administrativas. A partir de esta decisión Go Five S.A.S no podrá desarrollar su objeto social ya que únicamente conserva la capacidad jurídica para los actos tendientes a su liquidación.

La liquidación judicial pretende el aprovechamiento ordenado del patrimonio del deudor en favor de sus acreedores, explicó el superintendente, Francisco Reyes Villamizar. Con esta medida, la SuperSociedades, además, decretó el embargo y secuestro de todos los bienes, haberes y derechos de propiedad de la sociedad susceptibles de ser embargados y advirtió que estas medidas prevalecen sobre las que se hayan decretado y practicado en los procesos de ejecución y de otra naturaleza en que se persigan bienes de la deudora.

Los acreedores de Go Five S. A. S., en Liquidación Judicial, cuentan con un plazo de 20 días para que presenten su crédito a la liquidadora, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo. El auto expedido por la Delegatura de Procedimientos de Insolvencia ordenó, además, remitir una copia de la decisión al Ministerio del Trabajo y a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para lo de su competencia.

La Delegatura también advirtió a los administradores, exadministradores, asociados y controlantes, sobre la prohibición de disponer de cualquier bien que forme parte del patrimonio liquidable de Go Five S. A. S. o de realizar pagos o arreglos sobre obligaciones anteriores al inicio del proceso de liquidación judicial, so pena de ineficacia.

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