Multa de la Comisión Europea a Google equivale a 3% de sus ingresos anuales
martes, 27 de junio de 2017
Lina Guevara Benavides
Y es por eso que la compañía tendrá que pagar US$2.700 millones, o 3% de sus ingresos de 2016 (equivalentes a US$89.463 millones), después de que la Comisión Europea le impusiera la multa más alta de la historia. Esto, según la entidad, tras encontrar que la compañía abusaba de su posición de dominio en el mercado de buscadores, pues manipulaba las búsquedas para favorecer a su plataforma Google Shopping.
De acuerdo con un estudio realizado por el Observatorio Internacional de Decisiones de Defensa de ña Libre Competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio, la compañía, que domina 90% del mercado de 31 países que componen la comunidad europea, la manipulación del buscador “arrojaría resultados de sus competidores mucho después de los primeros resultados, por ejemplo, en la página cuatro o en páginas posteriores, haciendo menos visibles los productos rivales”.
Sobre esta sanción, la filial en Colombia compartió la declaración de Kent Walker, vicepresidente senior y consejero general de la compañía, quien dijo que “Google muestra shopping Ads, con el objetivo de conectar a usuario con miles de anunciantes, pequeños y grandes, de una manera que sea útil para ambos”. Y concluyó que la compañía está en desacuerdo con las conclusiones anunciadas, por lo que “vamos a revisar con la Comisión la decisión en detalle y consideraremos apelar y continuar exponiendo nuestros argumentos”.
Dentro de las evidencias que presentó la Comisión Europea para imponer la multa pudo estuvo que en 2008 la compañía tenía posición dominante en 30 de 31 países del área económica de Europa y en 2011 alcanzó ese estado en República Checa, el único país faltante.
Así mismo, el regulador anunció que Google habría ejecutado su práctica en 12 países así: Alemania y el Reino Unido desde 2008; en Francia desde 2010; Italia, Países Bajos y España desde 2011 y República Checa, Austria, Bélgica, Dinamarca, Noruega, Polonia y Suecia desde 2013.
El informe de la SIC también señala que “la Comisión estableció que desde el inicio de la misma, la herramienta de comparación de Google aumentó su tráfico en 45 veces en el Reino Unido, 35 veces en Alemania, 19 en Francia, 29 en Holanda, 17 en España y 14 en Italia. Por otro lado, desde el inicio de ejecución de la estrategia, la Comisión estableció que el tráfico en los sitios rivales ha caído cerca del 85%, disminución drástica que para la Comisión no puede ser explicada por otros factores”.
Además de la multa de US$2.700 millones, la Comisión dictaminó que el gigante tecnológico debe parar sus prácticas durante los próximos 90 días y que si no lo hace enfrenta otra sanción, que en esta ocasión puede representar 5% de los ingresos diarios de Alphabet, la matriz de Google.
Sin embargo, la multa ya supera las dos más altas interpuestas por la Comisión Europea a otras compañías del sector de tecnología como Intel y Microsoft, empresas que fueron sancionadas por US$1.186 millones y US$627 millones, respectivamente. A ello se suma que este no es el único proceso en el que está involucrada la firma dirigida por Sundar Pichai, pues tiene dos procesos abiertos en la misma entidad por faltas a la libre competencia: una relacionada con Android, su sistema operativo, y otra con Adsense, su sistema para publicación de anuncios.
Trascendencia local de la multa
Pablo Felipe Robledo, superintendente de Industria y Comercio, dijo que “los casos y las multas que imponen las autoridades en otros países nos dan la razón: nuestra legislación en cuestión de multas es francamente irrisoria y hay que modificar urgentemente la ley de competencia”.
La posición de Robledo fue apoyada por uno de sus antecesores en la SIC, Jairo Rubio, quien explicó que normalmente en Colombia, la falta a la libre competencia está asociada únicamente con los carteles de precios o la repartición del mercado, por lo que se pasan por alto otras circunstancias como la de posición de dominio, donde las empresas deben ser más cuidadosas en su actuar.
En este sentido, Escobar afirmó que aunque el aumento de 2.000 a 100.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (Smmlv) para las sanciones que impone la Superindustria fue un logro importante, “creo que se puede establecer que además de la plata, también sea un porcentaje sobre los ingresos como se hace en otros países”.
Sobre la acusación Pablo Márquez, exsuperintendente delegado indicó que “los cargos que imponen a Google no tienen mayor fuerza desde el punto de vista económico porque una decisión de compra de un usuario en la economía digital está apalancada por muchos más mecanismos de búsqueda”.
Sin embargo, Gabriel Ibarra, socio de Ibarra Abogados explicó que “si lo que Google hizo fue favorecer sus compras para relegar las de las demás, claramente hay una implicación a las conductas restrictivas”.
Google tiene dos procesos abiertos en la Comisión
La compañía tecnológica tiene dos procesos abiertos en la misma Comisión. El primero inició en 2015, cuando la Unión Europea dijo que Google abusaba de su dominio para favorecer sus propios productos comerciales. De ser cierto, la empresa podría recibir una multa hasta por 10% de su facturación. En el segundo, que empezó en 2016, Google fue acusada de obligar a los fabricantes de teléfonos que usan Android a incluir algunas aplicaciones sin ser solicitadas por los usuarios.
Los contrastes
Pablo Felipe Robledo
Superintendente de Industria y Comercio
“La sanción contra Google en la UE muestra la seriedad con que los países más desarrollados asumen la protección de la libre competencia económica”.
Jairo Rubio Escobar
ExSuperintendente de Industria y Comercio
“Estas infracciones solamente las pueden cometer los agentes que tengan posiciones dominantes. Por eso, esas empresas tienen que mirar su actuar con cuidado”.