Industria

SIC sancionó a Claro con $635 millones por no recibir PQR verbales en el Amazonas

Colprensa

La Superintendencia de Industria y Comercio encontró que la compañía desconoció los derechos de sus usuarios en el Amazonas, y no les retribuyó de manera adecuada los agravios

Mateo Medina Ariza

La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a Claro con $635 millones por no recibir PQR verbales y no realizar compensaciones a sus usuarios por la indisponibilidad del servicio en Amazonas.

Mediante la Resolución 9618 del 12 de marzo, la SIC aseguró que luego de una investigación encontró que en diciembre de 2021, el Centro de Atención y Ventas de Leticia, capital del departamento de Amazonas, no recibió las quejas verbales, asegurando que solo aceptarían las presentadas por escrito.

“El 6 de diciembre del 2021, la Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones realizó visita de inspección al Centro de Atención y Ventas ubicado en Leticia, donde evidenció que en ese punto solo se recibían solicitudes por escrito y no se aceptaban solicitudes verbales. También se advirtió, con ocasión de la información requerida en la diligencia, que el proveedor no realizó la compensación automática por la indisponibilidad del servicio a sus usuarios en ese departamento”, detalló la SIC.

Esta interrupción en el servicio de Claro se presentó durante septiembre, octubre y noviembre de 2021, que en total superaron las 48 horas de indisponibilidad en Amazonas.

La Superintendencia de Industria y Comercio comprobó que se desconocieron los derechos de los usuarios a presentar solicitudes por cualquier medio, pues se les exigía que fuera por escrito, además de incumplir con la compensación por las fallas en la prestación del servicio, de manera automática.

“La Superintendencia también determinó que la sociedad ha sido reincidente en la comisión de la conducta referida a la falta de compensación automática por indisponibilidad del servicio, motivo por el que esta circunstancia fue considerada como criterio agravante para la dosificación de la sanción”, añadió la entidad.

La SIC concluye diciendo que contra el acto administrativo proceden recursos de reposición y apelación, quiere decir que Claro podrá tratar de evitar la multa impuesta.

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