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Sumatoria se defiende de señalamientos de la Contraloría Distrital

Joaquín Mauricio López Bejarano

En el auto de imputación, la Contraloría hizo referencia al trabajo técnico realizado por la compañía Sumatoria S.A.S., por lo que en las últimas horas emitió un comunicado que aclara la participación de la firma en la negociación. 

En primer lugar, la empresa, que tenía como objeto único establecer un rango de valor para que la EEB pudiera decidir un precio para ofertar por las acciones de TGI, aclaró que “la remuneración no estaba sujeta a una comisión de éxito o a la realización de la transacción”, explicó el documento. De igual manera, la metodología utilizada para la definición de ese rango de valor “partió de una lectura correcta de la realidad del mercado potencial de compradores y de la coyuntura macroeconómica”, argumentaron en Sumatoria S.A.S. 

En cuanto al detrimento que argumentó la Contraloría, esta hace referencia a que la definición del rango se utilizó como tasa de descuento 7% y no 11,2%. Por lo que, según explican los señalados, “esta observación se origina en no hacer una correcta distinción en retorno al activo y retorno al patrimonio”. 

Por último, explican que las tasas de descuento guardan correlación plena con la valoración por múltiplos, “a mayor tasa de descuento, menor múltiplo de ebitda. Para determinar si la tasa aplicada fue o no baja, hay que comparar con los múltiplos de transacciones de compañías comparables. Si la tasa utilizada para TGI, fuese muy baja, el múltiplo de la transacción tendría que ser significativamente más alto que el de transacciones comparables.

El múltiplo al cual la EEB le compró TGI a Ecopetrol en 2006 fue de 11,14; el múltiplo al cual el Grupo Aval compró Promigas en el 2012 fue de 11,32; el múltiplo al cual se adquirió la participación accionaria en Transportadora de Gas del Perú, un mes antes de la compra de TGI, fue de 10,78; el múltiplo de compañías similares actualmente, según registros de Bloomberg, es 11,36.

En la medida en que todos los múltiplos de ebdita  en transacciones comparables son superiores al utilizado en la compra de TGI en el 2014, que fue de 10,07, la tasa de descuento utilizada en las transacciones mencionadas debe haber sido igual o menor a la utilizada en la transacción de TGI.