Transporte

Las razones por las que la Superindustria investiga a plataformas Uber, Didi y Cabify

Gráfico LR

La investigación quiere determinar si compañías infringieron el régimen de protección de la competencia desleal administrativa

Juan Camilo Quiceno

La Superintendencia de Industria y Comercio inició investigaciones contra Uber, Didi y Cabifypara determinar si estas compañías infringieron el régimen de protección de la competencia desleal administrativa.

LOS CONTRASTES

  • Manuel Gil Líder representante de los taxistas en Bogotá

    “Nosotros no tenemos nada contra las plataformas, todos entendemos que son legales, pero es diferente las motos y los carros particulares”.

Según el ente supervisor, el motivo de la investigación busca determinar si la presunta restricción a la competencia se presentó al haber promovido la prestación de servicios de transporte en incumplimiento de la regulación del sector y en condiciones que habrían generado ventajas competitivas en beneficio de los prestadores que están vinculados a las plataformas.

La SIC apuntó que las investigaciones se enmarcarán en un análisis sobre el respeto a las normas que protegen la libre y leal competencia,por lo que el análisis de la autoridad de competencia no se centrará en establecer si las plataformas prestan directamente el servicio de transporte, ya que esto no se relaciona con el objeto de las actuaciones administrativas.

De manera preliminar, la autoridad de competencia consideró que las investigadas habrían promovido la prestación ilegal de servicios de transporte al haber ejercido una influencia determinante en la organización, planificación y prestación de esos servicios mediante conductores y vehículos no autorizados.

La SIC inició tres investigaciones separadas para cada una de las plataformas. Las personas jurídicas vinculadas son Cabify Matriz S.L., Maximobility S.A.S., Didi Mobility Information Technology PTE. LTD, Asesorías CC S.A.S., Uber Technologies INC,, Uber B.V., Rasier Operations B.V., Lieber Colombia S.A.S.

En el evento en que se comprueben las conductas imputadas, la SIC podrá imponer a cada persona jurídica multas hasta de 100.000 smlmv. Adicionalmente, podrá imponer órdenes dirigidas a que la realización de las actividades económicas de las investigadas se adecue a la normativa aplicable en materia de libre y leal competencia.

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