Viva y Avianca deberán dar un voucher a quienes pagaron tarifa adicional para volar
lunes, 8 de mayo de 2023
La Aerocivil exige un programa especial para pasajeros, que incluye reubicaciones, devolución de dinero y extensión de tiqueteras
Viva Air y Avianca tendrán que dar un voucher por el valor equivalente a la compra más 50% a aquellos pasajeros afectados por el cese de operación de la 'low cost' que les tocó pagar una tarifa adicional con otra aerolínea para poder viajar. Esto en caso de que las empresas decidan integrarse.
Tras la aprobación de integración empresarial por parte de la Aeronáutica Civil, la decisión final queda en manos de Avianca y Viva, las cuales tendrán cinco días hábiles a partir del pasado 5 de mayo para notificar la decisión. En caso de que decidan integrarse deberán cumplir con una serie de condiciones, entre las que se incluyen varios requerimientos para proteger y devolverle los derechos a los usuarios afectados.
Una de esas medidas es la emisión de un voucher que podrá ser redimido para volar en las rutas de las empresas intervinientes (Viva y Avianca) hasta el 31 de diciembre de 2024. Esta medida va dirigida, además, a aquellos que no hayan sido transportados por vía aérea.
Plan de protección
Las empresas integradas deben comprometerse a presentar un plan de protección para los usuarios con el fin de atender pasajeros afectados por la suspensión de la operación tanto de Viva Air como de Viva Perú.
Este plan debe considerar la identificación de los tipos de pasajeros afectados, sin importar el canal de venta en que hayan adquirido productos. Así, como mínimo, deben estar incluidos los pasajeros transportados por aerolíneas distintas a Viva Air o Viva Perú o entidades sin costo adicional alguno; pasajeros que fueron transportados por aerolíneas distintas a las mencionadas, pagando una tarifa adicional; pasajeros con reservas vigentes en la 'low cost', que no han sido transportados, y pasajeros que compraron tiqueteras.
El programa especial de protección de pasajeros deberá ser entregado a la Aeronáutica Civil dentro de los cinco días calendario siguientes a la notificación de implementación, es decir, se cuentan los días a partir del momento en que Viva y Avianca notifiquen su decisión de integración.
Tras dicha notificación de implementación, las empresas integradas tendrían 15 días calendarios para iniciar la ejecución del programa.
"La creación, presentación e implementación del programa especial de protección, no reemplaza ni sustituye las obligaciones derivadas de la regulación de protección a usuarios. Las medidas que se dispongan dentro del programa se tratan de opciones voluntarias de libre aceptación de los pasajeros afectados por la suspensión de operaciones por parte de Viva Air y Viva Perú", explica la Aerocivil en la resolución expedida el pasado 5 de mayo.
Pasajeros con reservas vigentes
Aquellos pasajeros con reservas vigentes en Viva Air o Viva Perú, que no han sido transportados, tendrán derecho a un voucher con el valor equivalente de la compra más 50% que podrán redimir hasta el próximo 31 de diciembre de 2024, el cual podrá ser aplicable para volar en las rutas de las dos aerolíneas integradas: la 'low cost' y Avianca.
Otra de las alternativas que tendrían sería la reubicación, bajo las mismas condiciones establecidas en la reserva inicial sin ningún sobre cargo. Esta podría ser por parte de cualquiera de las dos aerolíneas y es independiente a la reactivación de las operaciones de Viva Air y Viva Perú.
Pasajeros con tiqueteras
A los pasajeros que compraron tiqueteras con Viva Air o Viva Perú se les deberá garantizar el uso de las mismas, volando con Viva Air o Avianca en la red de rutas que tenía la pionera del modelo de bajo costo, tanto en Colomia como Perú, hasta el 31 de diciembre de 2022, con las mismas restricciones que tenía la tiquetera.
La autoridad aeronáutica exige, además, que la vigencia de estas deben extender por un periodo igual al transcurrido entre el 27 de febrero de 2023, fecha en la que Viva Air suspendió su operación, hasta la fecha en que se inicia la ejecución del programa especial de protección de pasajeros.
En general, el condicionamiento de protección a los usuarios afectados tendrá una vigecia de tres años o hasta que la totalidad de los pasajeros afectados sean protegidos o compensados, de acuerdo con el programa especial de protección. En el primer informe de auditoría, entregado a los tres meses a partir de la notificación de implementación, deberá reportarse el cumplimiento de este condicionamiento.