Hacienda
Contexto de la Ley de Financiamiento
La ponencia de ley de financiamiento prevé recaudar $7,5 billones
miércoles, 28 de noviembre de 2018
Será radicará a las 4 de la tarde.
Noelia Cigüenza Riaño
Los ponentes del proyecto de ley de financiamiento y diferentes miembros del Gobierno concluyeron la ponencia por $7,5 billones y según el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, los $6,5 billones restantes serán producto del Plan de Austeridad de Iván Duque.
En la ponencia, que se presentará esta tarde en el Congreso, no quedó incluida la sobretasa de renta de 5% del sector financiero; sin embargo, se gravará con una tarifa de 2% sobre la totalidad del precio de venta la vivienda nueva o usada, cuyo valor sera mayor a 26.800 UVT (2%).
Se elimina el artículo 1 que establecía extender el IVA a 80% de los productos de la canasta familiar. Algunos servicios de salud o de educación seguirán siendo exentos. Vale la pena señalar que las cirugías estéticas y los tratamientos de belleza no se entienden excluidos de IVA, mientras que los servicios de transporte de personas y de carga se mantienen excluidos del impuesto.
También se modifica el artículo relacionado con las rentas exentas de trabajo y de pensiones, de manera que se incluyen como rentas exentas las prestaciones sociales, en actividad y en retiro de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional.
Se incluye la propuesta de gravar a los dividendos de las personas naturales que superen 300 UVT con una tarifa única de 15% y la de las remesas con una tasa de 7,5%.
Entre las propuestas que quedarían igual al proyecto inicial se encuentran la de disminuir de manera gradual la tarifa de renta de las personas jurídicas hasta 30% a partir de 2022, la del descuento del IVA en adquisición de bienes de capital de 100% y la de la normalización tributaria.
En cuanto al impuesto al patrimonio, la propuesta es que se establezca una tarifa de 1,5%, aplicable a partir de una base gravable mayor o igual a $5.000 millones. Además, se extiende la causación del impuesto a 4 años, por lo que se incluye la referencia al 1 de enero de 2021 y al 1 de enero de 2022 como periodos adicionales de causación.