Hacienda
Declaración de renta 2024
Este es el calendario tributario para declarar de renta, según el número de cédula
sábado, 10 de agosto de 2024
A partir de este lunes, las personas naturales deberán presentar el reporte de sus ingresos y patrimonio durante el año pasado
Desde el próximo lunes 12 de agosto comienza la temporada de declaración de renta para personas naturales, que se extenderá hasta octubre. Para saber en qué fecha debe presentar la declaración, este el el cronograma completo:
Durante este periodo, todas las personas naturales están obligadas a presentar la declaración de renta, a menos que cumplan ciertos requisitos que las exonera. De acuerdo con la ley, los contribuyentes son quienes:
- Finalizado 2023, tengan un patrimonio bruto igual o superior a $190,8 millones (4.500 UVT).
- Finalizado el mismo periodo hayan tenido ingresos iguales o superiores a $59,3 millones (1.400 UVT)
- Hayan efectuado consumos con tarjeta de crédito equivalentes o superiores a $59,3 millones (1.400 UVT)
- Hayan hecho compras y consumos iguales o superiores a $59,3 millones (1.400 UVT)
- Acumulen consignaciones, depósitos o inversiones financieras equivalentes o superiores a $59,3 millones (1.400 UVT).
Este periodo tiene la particularidad de que algunas personas verán que el monto a pagar será más alto que el año pasado, debido a los cambios que introdujo la Reforma Tributaria.
Cabe recordar que antes de la entrada en vigencia de la Ley 2277 del 13 de diciembre del 2022, el límite de las deducciones correspondía a 40%, sin exceder 5.040 UVT, que para 2024 sería de $237,2 millones. Pero con la entrada en vigencia de la Tributaria, se mantiene el límite de 40%, pero ahora no puede exceder las 1.340 UVT ($63 millones para 2024).
Las personas naturales podrán descontar adicionalmente dependientes hasta 72 UVT ($3,3 millones para 2024), con un máximo de cuatro dependientes. Esta deducción no hace parte del límite arriba mencionado.
También aplicará una deducción por compras por medios electrónicos. El contribuyente podrá deducir 1% de las compras soportadas mediante factura electrónica de venta, que cumplan con las condiciones señaladas por la Reforma Tributaria y sin que exceda las 240 UVT ($11,2 millones).