Hacienda

¿Preparar la declaración por su propia cuenta?

Las herramientas que brinda la Dian son insuficientes para que el ciudadano de a pie tenga la tranquilidad de hacer la declaración

Carlos Felipe Pinilla

La declaración de renta de 2023 seguramente tomará por sorpresa a muchos contribuyentes, pues generará un impuesto a cargo más alto respecto de años gravables anteriores como consecuencia de, entre otros, los límites reducidos para depurar la base, incorporados por la última reforma tributaria (Ley 2277 de 2022).

Para la elaboración de la declaración, la Dian ha implementado medidas que, según su percepción, facilitan el entendimiento del ciudadano sobre las razones por las que debe declarar, la información que debe incorporar y la forma como debe completar, presentar y pagar el formulario.

Ese tipo de medidas surgen por el ideal de la Dian de que la declaración de renta pueda realizarse mediante el sistema de facturación, es decir, de forma automatizada, como sucede con el impuesto predial unificado. No obstante, a pesar de los esfuerzos de la entidad, el acceso a toda esa información sigue sin ser digerible para el interlocutor.

Este año, una novedad en la Dian es que la “información exógena” (la que reportan los terceros) ahora incluye una casilla en la que indica en qué renglón de su declaración podría incluir el valor reportado. Por ejemplo, un saldo de una cuenta bancaria en el “patrimonio bruto”.

Con esas indicaciones, además, el sistema de la Dian generará de forma automática la “declaración sugerida” del contribuyente, por lo que algunos se preguntarán:

¿Es más sencillo acogerse a la declaración propuesta por la Dian o emprender la aventura de elaborarla por sí mismo?

A pesar de los esfuerzos de la autoridad tributaria para facilitarles la vida a los contribuyentes, lo cierto es que la elaboración de la declaración sigue siendo un proceso técnico y complejo en el que la automatización de la información no ha logrado ser fiel con la realidad del ciudadano.

La dificultad inicia por el lenguaje técnico que se usa en los aplicativos: “ingreso no constitutivo de renta”, “renta líquida gravable”. Incluso lo que puede sonar obvio, como un “anticipo de impuesto del año gravable siguiente”, aún puede resultar sombrío para muchos.

Por otra parte, la declaración sugerida tiene una grave falencia: información incompleta e imprecisa. Por eso, aún cuando el sistema depure automáticamente la declaración, este no va a tener en cuenta factores como la existencia de un hijo (dependiente) para la deducción en rentas laborales. Así, dicha declaración suele generar un valor a pagar más alto del que realmente se debe, al no tener todos los factores para depurar las bases.

Además, presentar la declaración conforme a la información que tiene la Dian no exime al contribuyente de la responsabilidad de que esta sea correcta y completa. Si se tienen activos, pasivos, ingresos, costos u otros rubros adicionales, está obligado a declararlos, so pena de que adolezca de inexactitudes o de incurrir en omisión de activos.

En consecuencia, las herramientas que brinda la autoridad tributaria son insuficientes para que el ciudadano de a pie tenga la tranquilidad de hacer la declaración por sus propios medios. Esto resultaría ser una aventura confusa y temeraria, en la medida en que el uso de los aplicativos de la Dian no lo eximirá de responsabilidad por lo declarado, ya que las sanciones tributarias son objetivas, y ni la buena fe ni la confianza del contribuyente se considerarán válidos.

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