Laboral

Los aprendices del Sena tendrán un acuerdo laboral con salario y prestaciones

Gráfico LR

El Senado aprobó ayer que los aprendices del Sena recibirán 75% del salario mínimo mensual legal vigente durante la etapa lectiva y 100% durante la etapa práctica

Valentina Sánchez Forero

En una de las decisiones más polémicas de la reforma laboral que se discute en el Congreso, el Senado de la República aprobó ayer el artículo 23 del proyecto, que transforma el contrato de aprendizaje en una figura de relación laboral formal, con todas las implicaciones en materia de salario, seguridad social y prestaciones.

La plenaria mantuvo el texto aprobado previamente por la Cámara de Representantes, estableciendo que los aprendices del Sena recibirán 75% del salario mínimo mensual legal vigente durante la etapa lectiva y 100% en la etapa práctica. Esta remuneración irá acompañada de afiliación a salud, pensión, riesgos laborales, bonificación anual equivalente a medio salario mínimo y demás prestaciones sociales, elevando la carga prestacional a un estimado de 51% adicional. En total, la monetización mensual por aprendiz se aproxima a $2.135.250.

El nuevo diseño del contrato contempla beneficios convencionales, el reconocimiento de la experiencia práctica como laboral certificable y la eliminación de un parágrafo que otorgaba funciones de control sobre el Sena al MinEducación, lo cual había sido criticado por limitar la autonomía de esta entidad adscrita al MinTrabajo.

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Cambios al modelo vigente

Hasta ahora, el contrato de aprendizaje era considerado una figura especial, no laboral, que ofrecía un apoyo de sostenimiento en etapa lectiva de 50% del salario mínimo y de 75% en la práctica. En contextos de desempleo superiores a 10%, se reconocía hasta 100% del salario mínimo. Los aportes a salud debían ser realizados de forma independiente por el aprendiz, y aunque existía cobertura en riesgos laborales, no había afiliación a pensión.

Con la reforma, la figura se convierte en una relación laboral a término fijo y especial, con obligaciones plenas para los empleadores, quienes deberán asumir todos los costos de seguridad social e integrar al aprendiz como parte de su planta. “Lo aprobado por el Senado referente al contrato de aprendizaje es como mínimo irresponsable y antitécnico”, señaló el abogado Juan Manuel Guerrero, socio en Galvis & Guerrero Abogados.

En esa misma línea, varios sectores advirtieron que el nuevo esquema podría tener efectos contrarios a los buscados, especialmente por el encarecimiento de la contratación. José Ignacio López, presidente de Anif, recordó que tras la creación del contrato de aprendizaje en 2002, se observó un incremento de 89% en los contratos, al pasar de 30.128 a 56.847 en un solo año. “Esperemos que esta decisión no vaya en contra vía de los mismos aprendices que algunos dicen defender”, expresó. “El riesgo es que se deje de contratar aprendices”.

LOS CONTRASTES

  • Alejandra Porras MontoyaGerente de Integración Jurídica

    “Esto desincentivaría a las empresas, especialmente a las Pyme, por el aumento de más de 50% en costos laborales por aprendiz al reconocer obligaciones como salud y pensión”.

  • Paloma ValenciaSenadora del Centro Democrático

    “Contrato de aprendizaje no es laboral, se trata de una obligación del Estado. Muchas empresas van a monetizar y los jóvenes perderán su oportunidad de aprender y trabajar”.

La senadora Paloma Valencia, del Centro Democrático, fue una de las voces más críticas. “El contrato de aprendizaje no es laboral, es una obligación del Estado. Si lo vuelven contrato laboral, muchas empresas van a monetizar y miles de jóvenes perderán su oportunidad de aprender y trabajar”, dijo. Añadió que la medida puede “hacerle daño a los colombianos jóvenes” al imponer cargas excesivas a las empresas.

Desde una perspectiva técnica, el abogado laboralista Leonardo Nempeque, director de Leneca Abogados, explicó que “el aprendiz dejaría de estar cobijado por una figura especial de formación para convertirse en trabajador con vínculo laboral pleno”. Esto implica que tendrá derecho a cesantías, intereses, vacaciones, indemnización por despido, estabilidad reforzada, y posibilidad de sindicalización. “Este cambio podría desincentivar la contratación, especialmente en pequeñas y medianas empresas, por el aumento significativo en los costos laborales”, afirmó.

Además, Alejandra Porras Montoya, gerente de Integración Jurídica, señaló que las implicaciones que tiene para las empresas se derivan, primero, del incremento en los costos derivados de asumir una carga prestacional adicional, junto con aportes completos al sistema de seguridad social, máxime que la vinculación de los aprendices, no necesariamente se hace de manera electiva por la empresa, sino, en cumplimiento a una disposición normativa que obliga a la empresa a la contratación de un número determinado de aprendices.

"Segundo, con relación a que se constituya como un contrato de trabajo especial a término fijo, activa el reconocimiento de los derechos laborales, desnaturalizándose así la vocación de aprendizaje y que se direccione al cumplimiento de las necesidades operativas de la empresa", agregó Porras.

El nuevo contrato aprobado por el Senado establece que la relación de aprendizaje no podrá superar los dos años. En el caso de formación dual, el aprendiz recibirá 75% del salario mínimo durante el primer año y 100% durante el segundo. Para formación tradicional, se mantiene la relación 75%/100%. Los estudiantes universitarios siempre recibirán el salario mínimo completo, sin importar la modalidad.

Se exige además que las instituciones educativas estén certificadas en alta calidad y se implementará un sistema para evaluar la pertinencia y empleabilidad de los programas formativos. Dicho sistema deberá estar diseñado por el Ministerio del Trabajo, el Ministerio de Educación y el Sena en un plazo máximo de 12 meses tras la entrada en vigencia de la ley.

Empresas pagarán por no vincular aprendiz

Con la aprobación del artículo 25 de la reforma laboral, las empresas que no cumplan con la cuota obligatoria de aprendices deberán pagar al Sena un valor mensual equivalente a 1,5 salarios mínimos por cada aprendiz no contratado. El pago será proporcional si la vinculación es parcial. Estarán exentas las empresas que demuestren haber solicitado aprendices sin recibir respuesta. Los recursos se destinarán a apoyar la formación y permanencia de jóvenes en el Sena, fortalecer la educación rural y financiar proyectos productivos a través del Fondo Emprender.

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