LABORAL

¿Cuáles son los beneficios por votar este domingo en las elecciones legislativas y consultas interpartidistas?

Registraduría Nacional del Estado Civil

Media jornada de descanso compensatorio remunerado y descuento en su recibo de matrícula son algunos de los beneficios por ejercer su derecho al voto este domingo 8 de marzo

Jorge Luis Velasco Tunubala

Ejercer el derecho al voto en Colombia no solo representa un acto de participación democrática, sino que también permite acceder a beneficios laborales, descuentos y estímulos en trámites oficiales, estipulados en la Ley 403 de 1997, que establece que el voto es un derecho y un deber ciudadano.

Son varios los beneficios a los que usted puede acceder y solicitar solo si obtiene su certificado electoral una vez haya ejercido su derecho al voto en su respectivo puesto de votación, según la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Entre los beneficios se encuentran:

Media jornada de descanso compensatorio remunerado, esto significa que usted tiene derecho a llegar medio día tarde o salir medio día antes en cualquier jornada laboral, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de votación, en acuerdo con su empleador.

Si usted estudia en una institución oficial de educación superior tendrá derecho a un descuento de 10% en el costo de la matrícula, solo si es una institución pública.

Puede solicitar rebaja de 10% en el valor de la expedición del pasaporte en los siguientes cuatro años después de la votación, por una sola vez.

Por votar puede obtener un descuento de 10% del valor en el trámite inicial y expedición de duplicado de la libreta militar; como también una rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio.

Las instituciones de educación superior públicas y privadas, tendrán prelación o preferencia sobre su solicitud de admisión ante un empate en los resultados de ingreso.

También puede tener beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado.

Estos beneficios podrán ser utilizados por una sola vez para cada beneficio consagrado en la Ley 403 de 1997 y expirarán con la realización de nuevas elecciones, es decir, son válidos hasta la siguiente jornada electoral de este tipo.

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