Nuevo código laboral creó permisos para trámites legales y reuniones escolares
viernes, 13 de febrero de 2026
Con la implementación de la reforma laboral, se establecieron nuevas licencias que deben ser contempladas por los empleadores
Todos, en algún momento, han solicitado un permiso en su trabajo. Por eso, entre los ajustes que se hicieron con la reforma laboral, uno de los que más interés ha generado tanto en trabajadores como en empresas es el de las licencias, pues, con la nueva regulación, se incluyeron nuevos escenarios y se delimitó en qué casos aplican.
En líneas generales, uno de los permisos que se mantiene sin cambios son las licencias para los padres, es decir la de maternidad, paternidad, lactancia y aborto. También se mantuvieron iguales las licencias por luto, comisión sindical, o sepelio de compañero.
En otros casos en los que ya existía el permiso, por ejemplo, la calamidad doméstica, lo que hizo la reforma fue ratificarlo y delimitarlo: este se concibe para casos en los que el trabajador necesita tiempo para atender situaciones personales o familiares.
Aquí se cobija la atención hasta tercer grado de consanguinidad (tíos, sobrinos, bisabuelos), segundo de afinidad (hermanos de su cónyuge), y primer grado civil (hijos o padres adoptivos).
Por parte de los permisos nuevos, se destaca la licencia por diligencias legales, judiciales o administrativas, sin afectación salarial.
Otra licencia nueva es la de acompañamiento escolar, que aplica cuando el trabajador es citado a reuniones de padres o el colegio requiere su asistencia.
Con la reforma, las licencias para asistir a citas médicas de urgencias o programadas, incluyendo las que se hagan con especialistas, se otorgarán sin afectar el salario. Aquí se incluye la denominada licencia menstrual, en la que se puede solicitar teletrabajo por tres días.
Además, se creó un incentivo al transporte sostenible que aplica para los trabajadores que se movilizan en bicicleta. Por cada seis meses, certificados, en los que el empleado use su cicla, podrá pedir un día de descanso remunerado.