Estas son las medidas para el sector de juegos de azar de cara a enfrentar la crisis
jueves, 16 de abril de 2020
Para la reactivación de la industria es necesario que los operadores definan protocolos de salud
Gabriel Forero Oliveros
Uno de los sectores que se ha visto afectado por el aislamiento social es el de los juegos de suerte y azar, y por ello, pensando en su reactivación y disposiciones a futuro, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 576 del 15 de abril con el cual fijó medidas como, por ejemplo, que haya un protocolo de salud para volver a hacer sorteos.
Puntualmente, el acto legislativo señala que los operadores, en coordinación con entidades administradoras del monopolio y de salud, deben adoptar una serie de medidas para prevenir el contagio y propagación del Covid-19 para hacer sortear, y reactivar la venta de tiquetes y créditos para la participación de las personas en los puntos de venta. Esto debe contemplar el protocolo para la apertura de locales, que deben revisar su aforo y así incentivar el distanciamiento social que sea definido por el Ministerio de Salud y Coljuegos.
Sobre la distribución de recursos, el Gobierno dispuso que desde mayo y durante todo este año, la transferencia de lo recaudado por los juegos de suerte y azar novedosos se hará el mes siguiente, y no de forma semestral como estaba previsto en la Ley 643 de 2001.
Otro punto tiene que ver con que las entidades administradoras del monopolio podrán tener acuerdos de pago con los operadores, si estos o solicitan. Esto será posible por una sola vez en cada contrato de concesión, "para incluir las cuotas de los derechos de explotación y gastos de administración que se causaron o debieron ser pagados en los meses de marzo y abril de 2020, en el cual se podrán pactar plazos máximos de seis cuotas mensuales, siempre que la póliza garantice el mondo y plazo del acuerdo", señala el decreto.
Los derechos de explotación y gastos de administración de los acuerdos no generarán intereses moratorios y, en todo caso, se deberá incorporar una cláusula aceleratoria.
En cuanto a los usos de recursos de premios no reclamados, para los años 2020 y 2021, los recursos correspondientes a 25% que se destinan al control al juego ilegal, se destinarán para "funciones de fiscalización, comercialización, recaudo, transferencia y para el desarrollo de nuevos juegos de las entidades administradoras del monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar".
Otra disposición tiene que, ver que durante un año, los fabricantes de las máquinas tragamonedas, y sus representantes y distribuidores, podrán importar elementos de juego usados y remanofacturados, siempre y cuando cumplan los requisitos de Coljuegos.
También se ordenó que los operadores de juegos de azar por internet tendrán que pagar solo 50% de la tarifa fija impuesta por la ley 1753 de 2015. Esto, a su vez, se reflejará en la declaración, liquidación y pago de derechos de explotación de tarifa fija anual.
Sobre los términos de prescripción de premios no reclamados, el Ministerio de Hacienda fijo que "durante el tiempo de aislamiento obligatorio decretado por el Gobierno Nacional se entienden suspendidos los términos de prescripción extintiva y de caducidad judicial previstos en el artículo 12 de la Ley 1393 de 2010".