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En firme medida cautelar contra decisión de postulados de Gilinski en Junta de Sura

Sin embargo, el juzgado remitirá el expediente del proceso al Tribunal Superior de Medellín con el fin de surtir el respectivo trámite

Iván Cajamarca

En medio de las discusiones sobre la legalidad de la decisión de la Junta Directiva de Grupo Sura de vender en la OPA de IHC por Nutresa hace tres semanas, se conoció que un juez ordenó a los representantes legales no atender instrucciones que provengan de Junta Directiva con menos de cuatro miembros. En respuesta fue presentado un recurso de reposición para tumbar la medida. Esta no prosperó en el Juzgado 10 Civil del Circuito de Oralidad de Medellín.

Sin embargo, el juzgado remitirá el expediente del proceso al Tribunal Superior de Medellín con el fin de surtir el trámite correspondiente al recurso de apelación contra el auto que decretó las medidas cautelares. "El juez negó las solicitudes de los demandados y ratificó su decisión de admitir la demanda y decretar las medidas cautelares que ordenaron a Grupo Sura gestionar cualquier acto o decisión que no cumpla con las normas legales y estatutarias aplicables, en materia de decisiones de la Junta Directiva de la compañía", se lee.

Por lo prono, y hasta que no haya una decisión de dicho Tribunal, la orden a toda persona que obre como representante legal de Grupo de Inversiones Suramericana S.A. de abstenga de ejecutar órdenes o instrucciones que supuestamente provengan de la Junta Directiva de la sociedad, cuando aquellas hayan sido adoptadas con la participación y el voto de un número inferior a cuatro miembros se mantiene.

Como medidas cautelares, el juez también ordena "a María Ximena Lombana Villalba, Andrés Bernal Correa y Ángela María Tafur Domínguez abstenerse de impartirles pretendidas órdenes o instrucciones a los representantes legales de Grupo Sura, en particular respecto de la pretendida enajenación de las acciones de las que Grupo SURA es titular en Grupo Nutresa S.A. en respuesta a la OPA lanzada por IHC Capital Holding LLC", se lee en el documento.

También se ordenó en su momento a la Bolsa de Valores de Colombia (BVC) y a Deceval S.A. para que se abstuviesen de inscribir cualquier orden de aceptación de enajenación de las acciones de las que Sura es titular en Grupo Nutresa, en respuesta la OPA lanzada por IHC. Finalmente el proceso de compra fue declarado desierto ya que ni siquiera alcanzó el mínimo que pretendía el oferente árabe.

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