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Gilinski le solicitó al presidente de Sura convocar una asamblea antes del 6 de mayo

El empresario pretende que se den a conocer los argumentos por los que dicha empresa no ha vendido su participación en Nutresa

Iván Cajamarca

Horas después de que se llevara a cabo la reunión extraordinaria de la Asamblea de Accionistas del Grupo Sura para votar sobre los conflictos de interés de la Junta Directiva para decidir sobre la OPA por Nutresa, Jaime Gilinski radicó una carta dirigida al presidente de la compañía, Gonzalo Alberto Pérez, en la que le solicita convocar a una nueva asamblea antes del 6 de mayo. La fecha sería clave gracias a que el empresario caleño extendió el periodo de aceptación de oferta hasta el 16 de ese mes.

En la misiva firmada por el nuevo integrante del Grupo Empresarial Antioqueño (GEA) se específica lo que sería el orden del día. En sus dos últimos puntos deja clara su intención al reunir a los socios de la empresa: conocer los argumentos sobre los cuales Sura ha decidido no vender en las dos primeras OPA, y tomar una decisión entorno a la nueva propuesta radicada por el mismo Gilinski.

En el sexto punto del documento se lee textualmente: presentación de un informe pormenorizado de la Junta Directiva a la Asamblea General de Accionistas sobre toda la información y los elementos de juicio que ha tomado en consideración para deliberar y decidir en relación con la participación de la compañía en las dos OPA que hasta la fecha ha presentado Nugil S.A.S., así como la información y elementos que sean necesarios para deliberar y decidir en relación con la tercera oferta sobre las acciones de Grupo Nutresa.

Adicionalmente, el séptimo punto contempla lo siguiente: decisión, por parte de la Asamblea General de Accionistas, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, sobre la participación de la compañía en la tercera OPA sucesiva formulada por Nugil S.A.S. por acciones del Grupo Nutresa el pasado 28 de febrero de 2022.

Dicha carta concluye pidiendo que la presente solicitud, así como la correspondiente convocatoria, sean publicados como información relevante de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC), de conformidad con la normatividad vigente.

El inversionista basó su petición en el hecho de que los estatutos de la compañía imponen la obligación a los administradores de convocar al máximo órgano cuando así lo soliciten los accionistas, especialmente cuando lo solicite un número de asociados representantes de 10% o más del capital social.

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