Legislación

Tribunal Superior de Bogotá niega recusación de Argos y Sura contra la Supersociedades

Las empresas del GEA consideran que unas declaraciones del superintendente Billy Escobar pueden perjudicar el proceso

Carlos Rodríguez Salcedo

El Tribunal Superior de Bogotá negó la recusación interpuesta por el Grupo Sura y el Grupo Argos en contra de la Superintendencia de Sociedades, empresas que consideran que unas declaraciones del superintendente Billy Escobar pueden perjudicar el proceso que actualmente lidera la delegatura para procedimientos mercantiles.

El máximo tribunal tuvo en cuenta que ambas compañías argumentaron la recusación en el Código General de Proceso, que establece como una de las causales el haber emitido algún concepto fueron de la actuación judicial. Vale recordar que el representante del Grupo Sura argumentó que Escobar opinó sobre los procesos que actualmente se investigan durante una entrevista con la revista Semana.

Dado el "mal diseño estructural" del órgano de control, agregó el apoderado de Sura, el Superintendente termina por orientar y fijar los lineamientos de la Delegatura de Procedimientos Mercantiles, por lo que sus pronunciamientos "en muy buena medida influyen en las actuaciones de sus subalternos, tales como sus delegados".

Sin embargo, el magistrado Juan Pablo Suárez, consideró que las manifestaciones "no pueden ser consideradas 'conceptos, entendimientos, ideas, opiniones y juicios', en la medida en que no fueron expuestas de manera categórica, sino hipotética".

Por esta razón, Suárez aseguró que de la manera en la que se realizaron las declaraciones no llevó al funcionario a pronunciarse sobre el sentido definitivo de las decisiones.

Por su parte, el apoderado de Grupo Argos, recusó al superintendente Delegado de Procedimientos Mercantiles, Carlos Mantilla, y que previamente adelantó gestiones para establecer si las empresas del Grupo Empresarial Antioqueño pertenecen a una misma estructura de control o grupo empresarial.

Mantilla Gómez es el encargado de llevar la demanda que interpuso una empresa del Grupo Gilinski por la elección de la junta directiva del Grupo Nutresa en la asamblea de accionistas que se realizó en julio de 2022.

No obstante, para el magistrado estas averiguaciones se habrían realizado en ejercicio de las atribuciones legales de la Superintendencia de Sociedades, por lo que tampoco halló razón a los argumentos de Grupo Argos y decidió no aceptar la recusación.

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