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Este sería el rol del Banco de la República como administrador del ahorro pensional

Gráfico LR

El Emisor entraría a administrar el nuevo Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, asociado al Componente de Prima Media de este nuevo Pilar

Isabella Salazar Gaitán

El rol del Banco de la República en el sistema pensional es una de las novedades del texto aprobado. En esta nueva configuración, el Emisor pasaría a ejercer la administración de los ahorros del pilar contributivo de prima media; esto, con la creación de una cuenta especial: el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo.

El Banco de la República se encargará de las labores administrativas del fondo, que incluye la gestión de inversión, administración de riesgos y cualquier otra necesaria en la nueva ley. Este fondo tiene como objetivo financiar las pensiones en el nuevo esquema de pilares propuesto, estando enlazado al Componente de Prima Media del Pilar Contributivo; el cual, está integrado por todas las personas afiliadas al sistema que coticen sobre la base de ingresos entre 1 y 2,3 Smlmv.

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En el texto final, se estipuló que el Banco también será responsable de contratar a terceros para la gestión del portafolio de inversiones de acuerdo con las políticas establecidas por el Comité Directivo del Fondo; además, de la contratación, todas bajo un régimen privado, de otros servicios para ocuparse de la gestión de los aspectos legales del fondo y otras operaciones propias del mismo.

Esta propuesta es “la menos mala dentro de un menú de malas opciones”, según aseguró Oliver Pardo, director del Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, pues mantiene la separación de poderes, reforzado porque sea la Junta Directiva del Banco, la que elija a los cuatro expertos que conformarán el Comité junto a miembros del Gobierno.

Sin embargo, la propuesta aún tiene retos, entre ellos “pasar el examen de constitucionalidad” como comentó Carlos Adolfo Prieto, profesor miembro del Observatorio Laboral de la Universidad Javeriana, pues dijo que constitucionalmente el Emisor no tiene funciones de administración de fondos, sino de ser la autoridad monetaria y cambiaria en el país.

LOS CONTRASTES

  • Oliver PardoDirector del Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana

    "Era importante que el Banco administrara este Fondo frente a otras entidades propuestas, como también que la elección de los miembros de su Comité no fuera potestad exclusiva del Presidente".

  • Carlos Adolfo PrietoProfesor miembro del Observatorio Laboral de la Universidad Javeriana

    "No veo ventajas significativas en que sea el Banco de la República quien asuma esta función, pues no está en la órbita del Banco manejar un Fondo casi como si se tratara de un encargo fiduciario"

Para Prieto, la propuesta de que la administración esté a cargo del Emisor, es una manera de "apalear el costo o riesgo moral" que habría conllevado dejar en manos de entidades como Colpensiones o el Fondo Nacional del Ahorro esta responsabilidad, ya que podría considerarse que desde ahí sería más sencillo hacer un uso indebido del ahorro de los colombianos.

Entre otros de los retos, Prieto mencionó la necesidad de una reforma al régimen legal del Banco de la República, el cual es catalogado como especial, para garantizar su autonomía e independencia como autoridad monetaria.

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