Laboral

Así quedaron las comisiones que se pagarán en ambos regímenes según la reforma

Gráfico LR

El artículo 23 mantuvo el ingreso base de cotización de 16%, pero detalla cómo esos recursos financiarán el fondo de ahorro gerenciado por el Banco de la República

Mateo Medina Ariza

Las comisiones a las cotizaciones son cobros que se le hacen al momento de realizar los pagos de seguridad social, y en este caso toma solo lo concerniente al tema pensional.

De acuerdo con el artículo 23, 16% de su sueldo se destinará para costear su jubilación. Ese monto se divide en: 75% que lo asume el empleador y 25% lo toma el trabajador.

Si usted está en el componente de prima media, y se gana hasta 2,3 salarios mínimos, sus cotizaciones se destinarán al “fondo común de vejez”, que es administrado por Colpensiones, y también al fondo del ahorro del pilar contributivo, que según lo aprobado, será gestionado por el Banco de la República.

Gráfico LR

Dichos recursos se distribuirán de la siguiente manera: tres puntos para financiar los gastos de administración en el componente de prima media, del pilar contributivo, y cubre el pago de los seguros previsionales, esto último es una póliza que garantiza el pago de las pensiones.

De ese aporte de 3%, Colpensiones podrá destinar hasta 1% para financiar los gastos por la administración de los recursos.

Para quienes tienen ahorro individual, y devenguen entre 2,3 y 25 salarios mínimos, 13,2% de su cotización, se destinará para financiar el fondo de ahorro gerenciado por el Banco de la República. A eso se le suma, 0,8% que costeará los gastos de administración en el componente de ahorro individual, comprendido dentro del pilar contributivo.

LOS CONTRASTES

  • Daniel WillsVicepresidente técnico de Asofondos

    “Quienes cotizan por debajo del umbral se les liquidará su pensión como siempre, pero quienes cotizan por encimase les cobrarán esas comisiones adicionales”.

  • Ricardo BonillaMinistro de Hacienda

    “Mi interés al igual que el de Asofondos es generar la mejor reforma para los colombianos, y para ello hay que entregar la mejor información disponible sobre las comisiones”..

Para quienes pertenecen a ese mismo grupo, de su cotización también se tomará 1% para que Colpensiones pague los seguros previsionales, o para algún otro esquema que considere el Gobierno.

La norma tiene un parágrafo transitorio donde define que el cobro máximo de los fondos privados, AFP, a título de comisión de administración será de 0,7% de su salario anual. Ese valor se lo cobrarán, sin variación, hasta el momento en que pueda acceder a su pensión.

“Tradicionalmente las comisiones se cobraban como un porcentaje del salario mensual, pero desde el primero de julio de 2025 se hará con un porcentaje del saldo anual. Lo que implica esto es que quienes cotizan por debajo del umbral se les liquidará su pensión como se ha hecho siempre, pero quienes cotizan por encima se les cobrarán comisiones adicionales”, dijo Daniel Wills, vicepresidente técnico de Asofondos.

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