Hacienda

Así quedó la fórmula de los impuestos a la minería y el petróleo en nueva ponencia

La principal modificación es que se tomará el precio promedio de los últimos 10 años y no de los últimos 20, como se había mencionado

Brayan Xavier Becerra

Anoche fue radicada finalmente la ponencia para segundo y último debate de la reforma tributaria que ahora busca recaudar $20 billones el próximo año y ya no $25 billones como estimaba inicialmente. Los impuestos a los hidrocarburos serán la principal fuente de estos recursos, ya que aportarán la mitad de la tributaria.

Finalmente se mantuvo la no deducibilidad de las regalías del impuesto de renta, pero con modificaciones en la valoración de las regalías pagadas en especie por parte de las empresas.

Se precisó que el monto no deducible correspondiente a las regalías pagadas en especie corresponderá al costo total de producción de los recursos pagados como regalía, fijando las fórmulas necesarias para realizar el respectivo cálculo.

El articulado también define la fórmula que aplicará para las sobretasas de renta que se definieron únicamente para la extracción de petróleo y gas y que dependerán de los precios internacionales. La sobretasa será de 5% o 10% para carbón y de 5%, 10% o 15% para petróleo.

Estos umbrales tanto para el carbón como para el petróleo se definirán de acuerdo con la distribución de los precios internacionales en términos reales, deflactados con el IPC de Estados Unidos.

El cambio principal que se dio en este aspecto en las últimas reuniones entre congresistas ponentes y el Ministerio de Hacienda fue que ya no se contabilizará el precio promedio de los últimos 20 años, sino que será el de los últimos 1o años.

En el caso del petróleo, cuando precio en los mercados internacionales esté por debajo del 30% del precio promedio de los últimos 10 años, no se les cobrará la sobretasa de renta. Pero cuando esté entre 30% y 45% del precio promedio, la sobretasa será de 5%, por lo que las petroleras pagarán en total una tarifa de renta de 40%.

Cuando el precio esté entre el percentil 45 y 60, la sobretasa será de 10%, para una tarifa de renta total de 45% y cuando los precios internacionales estén arriba del 60% del precio promedio de los últimos 10 años, las petroleras tendrán una sobretasa de 15%, para llegar a una tarifa de renta de 50%.

Por su parte, en el caso del carbón la fórmula será la siguiente: cuando los precio internacionales estén por debajo del percentil 45 del precio promedio de los 10 años anteriores, no aplicará ninguna sobretasa de renta. Cuando estén entre 45% y 60%, la sobretasa será de 5%. Y cuando el precio del carbón esté 60% arriba de ese promedio, las carboneras tendrá una sobretasa de 10%.

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