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Claves para que no sea víctima de la captación ilegal de recursos

La Superintendencia Financiera publicó en su página web un ABC que orientará a los inversionistas.

Ximena González

La Superintendencia Financiera inició una campaña para disminuir el número de víctimas por la captación ilegal de recursos y como parte de esa estrategia entregó recomendaciones para hacerle frente a este delito.

En este sentido, publicó en su página web un ABC que orientará a los inversionistas. La primera sugerencia es desconfiar de negocios que le prometan ganancias considerables, no razonables, no derivadas de sociedades identificables y comprobables y mucho más cuando no se conozca la actividad legal que realizan y de la cual se va a derivar el pago de rendimientos.

También es fundamental que consulte antes de entregar sus recursos. Si en verdad se trata de una entidad vigilada o autorizada por la Superfinanciera o por la Superintendencia de la Economía Solidaria, lo puede comprobar a través de los canales previstos para tal efecto.

La Superfinanciera además señaló que no se deben aceptar ofrecimientos para formular o promover invitaciones a otras personas con el fin de que éstas se vinculen a esquemas de captación ilegal. Es clave que los ciudadanos reconozcan que los captadores siempre indican que sus negocios no son pirámides, argumentando que se trata de ayuda mutua o colaboración tipo donación o en otros casos de difusión de publicidad, lo que no hace sencillo identificar que corresponden a esquemas piramidales.

En el caso en que se invierta en “pagarés-libranza”, la Superfinanciera recomienda que solicite y consulte los soportes que den cuenta de la realidad de la operación, verifique los endosos y el historial de descuentos. Así mismo, compruebe que los recursos entregados sean para una actividad legal, de la cual se pueda obtener un rendimiento razonable y acorde con el resultado del negocio.

La captación de recursos “es la recepción o el recaudo masivo de dinero sin prever como contraprestación un bien o un servicio de terceros que lo entregan a título de mutuo o crédito o para que sea conservado o custodiado durante determinado tiempo por el receptor y lo devuelva con o sin rentabilidad”, indica el documento de la Superfinanciera.

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