Hacienda

Así puede obtener beneficios tributarios por realizar donaciones tras el terremoto del 10 de agosto

Alivios por donaciones

Se puede obtener un descuento con la DIAN en el impuesto de renta de 37% o 25%, dependiendo de los artículos entregados a destinatarios certificados

Sandra Valentina Urango Gómez

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Si su compañía o empresa donó o piensa hacerlo tanto a diferentes causas sociales, poblaciones vulnerables o directamente a personas afectadas por siniestros naturales, es relevante tener en cuenta que la Dian le reconoce un descuento en renta de hasta 37% del aporte con las siguientes condiciones.

Pero para aplicarlo es esencial conocer los requisitos. De acuerdo con la Ley 2380 de 2024, el descuento cobija las donaciones de alimentos no perecederos para consumo humano y artículos de higiene y aseo. Deben ser entregados exclusivamente a destinatarios que pertenezcan al Régimen Tributario Especial, que funcionen bajo una iglesia reconocida por el estado, o a una asociación de bancos de alimentos.

La firma Russell Bedford explicó que teniendo en cuenta las necesidades de las comunidades, si se hacen entregas de bienes como camillas o equipos de rescate, o de dinero, el artículo 257 del Estatuto Tributario contempla descuento de 25% del valor donado. Pero advierte que si la empresa no tiene soportes que comprueben la ruta adecuada para la decisión, puede quedar exenta del tratamiento fiscal esperado.

Gráfico LR

Cuando se aportan bienes, la base corresponde al menor valor entre costo fiscal y comercial. En alimentos y artículos de higiene, pueden sumarse los gastos de transporte. “Así, bienes admitidos por $50 millones podrían generar $18,5 millones bajo la tarifa especial. Sin embargo, esa cifra no siempre podrá restarse completa: los reconocimientos de los artículos 255, 256 y 257, sumados, no pueden superar 25% del impuesto a cargo”, explicó Roger Román, socio de Impuestos de Russell Bedford.

Reiteró que quien reciba las donaciones debe ser una entidad calificada en el Régimen Tributario Especial o una entidad no contribuyente autorizada, y aclaró que no basta únicamente con poseer RUT, “abrir una colecta digital o anunciar una campaña no demuestra por sí solo esa condición”.

Sobre las formas, si quiere donar dinero, debe transferirlo por medio de un cheque, tarjetas de crédito o con intermediarios financieros. Para las empresas, el beneficio se da según el aporte real, es decir que si recauda recursos de sus clientes o trabajadores no aplica para el beneficio. “Solo se puede descontar lo aportado de los recursos propios con comprobantes”.

Si posteriormente quiere aportar en la reconstrucción de obras públicas, existe el mecanismo Obras por Impuestos, con el que algunos contribuyentes pueden destinar hasta 50% de su obligación de renta a proyectos públicos viabilizados y priorizados. “No es un beneficio tributario, es la forma de pagar tu impuesto de renta”, aclaró Román, y acá, los aportes deben estar sujetos a los criterios establecidos por el territorio.

Antes de desembolsar, debe verificar el estado tributario del destinatario y solicitarle un certificado que esté firmado por un representante legal, contador público o por un revisor fiscal. Con los datos de la fecha, qué tipo de entidad, qué tipo de valor es el bien y cómo y a dónde se hará la entrega. Tenga a la mano todas las pruebas contables para cualquier eventualidad con la Dian.

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