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Conozca 10 mitos relevantes al momento de gozar sus cesantías este 14 de febrero

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Estas corresponden a un mes de salario y pueden ser retiradas de forma parcial para mejora o compra de vivienda y por estudio

LR

Ya llega el 14 de febrero y, además de San Valentín, los trabajadores colombianos tienen un especial afecto por este día. Cada año los empleadores consignan lo que por ley corresponde a un mes de salario por año laborado o su equivalente. Es una de las fechas más importantes porque para miles de trabajadores ésta representa un empujón contundente para alcanzar algunos de sus sueños.

Sin embargo, aún hay numerosos mitos y dudas que se han creado entre los más de 17 millones de empleados quienes gozan de este beneficio. Recordemos que las cesantías son una prestación social a la que tienen derecho todos los trabajadores en Colombia, que deben ser consignadas por parte de los empleadores antes del 14 de febrero del 2022. Estas corresponden a un mes de salario y pueden ser retiradas de forma parcial para mejora o compra de vivienda y por estudio. No obstante, cabe resaltar que en el contexto de la contingencia por el covid-19 esos recursos, además de los usos habituales para desempleo, vivienda y educación, se convirtieron en un salvavidas para muchos colombianos gracias al Decreto 488 de 2020, el cual permitió el retiro parcial de las cesantías por disminución de ingreso mensual.

Para aportar a esta pedagogía, desde Protección se comparten algunos de los mitos más comunes que existen y la información verídica al respecto, y así aclarar algunas dudas para sacarles el máximo provecho.

Mito 1. Las cesantías son dinero extra: No es así. El valor que se posee surge de la consignación de un salario por cada año trabajado o su equivalente en el tiempo, por lo que no es un salario añadido. Ahora, si se necesita, el Fondo de Cesantías permite el retiro de acuerdo con lo definido por ley.

Mito 2. No puedo retirar mis cesantías para estudios en el exterior: Para tal caso, sí se pueden destinar para la educación, aunque se debe tener en cuenta que las pueden usar para financiar estudios superiores, estudios de programas técnicos que impartan instituciones dedicadas a la formación para el trabajo y el desarrollo humano del empleado, así como al pago de deudas con el ICETEX, al pago de ahorro programado o aportar a los seguros para educación. Esta posibilidad aplica para el trabajador, su cónyuge e hijos. Para retirarlas, se debe presentar la documentación requerida, en la que se incluye una certificación de que la institución es técnica profesional, institución universitaria, escuela tecnológica o universidad. Para instituciones educativas extranjeras y si los documentos están en otro idioma deben ser entregados con traducción oficial.

Mito 3. Las cesantías no generan rendimientos: Falso. Las cesantías sí generan rendimientos, lo que pasa es que dependen de la gestión del fondo en el que están invertidas, del tipo de inversiones que se hagan y de múltiples factores externos como las condiciones de los mercados, de las economías tanto locales como internacionales. Sin embargo, los expertos son los encargados de gestionar tales recursos de la manera más óptima posible para los afiliados. Existen dos portafolios para optimizar tales rendimientos en función del plazo en que permanecerán los recursos ahorrados.

El Portafolio de Largo Plazo (PLP), son para las cesantías que se guardarán por un buen tiempo como seguro de desempleo o para la compra de vivienda, pues su rentabilidad está proyectada en un periodo amplio de tiempo (2 a 3 años). De otro lado, está el Portafolio de Corto Plazo, para las cesantías que se usarían en menos de un año; como ésta inversión debe atender los retiros parciales o totales de las cesantías, el portafolio es conservador, las inversiones son muy líquidas y no generan altas rentabilidades. El trabajador puede elegir tanto la AFP donde quiere tener sus cesantías, así como el portafolio donde quiere administrarlas, según sus planes y proyectos.

Mito 4. Las cesantías no se heredan: Cuando el afiliado fallece, dichos recursos pueden ser solicitados por sus beneficiarios de ley (su cónyuge, hijos u otros dependientes). Para eso, el empleador debe publicar tres edictos en diarios de circulación nacional por si hay personas que se consideren beneficiarias de las cesantías, además el empleador debe enviar una carta a la AFP notificando el suceso.

Mito 5. No puedo elegir cómo se invierten mis cesantías: Las AFP son las responsables de administrar los recursos o las cesantías. Dicho dinero es invertido en dos tipos de portafolios: de Corto y Largo plazo, que tienen una diversificación de activos acorde al perfil de riesgo y al tiempo que permanecerán ahorradas. El empleado puede elegir en qué AFP quedarse, así como en qué portafolio invertir sus cesantías. Mientras no se decida por uno en particular, la consignación del empleador en febrero entrará al portafolio de Corto Plazo, y luego -en agosto- todo el ahorro pasará al portafolio de Largo Plazo. En cualquier momento se puede decidir la forma como distribuir su ahorro. A eso se le llama elegir el perfil de administración, es decir, seleccionar la distribución del ahorro de cesantías entre los portafolios de Corto y Largo Plazo.

Mito 6. El trámite para retirar las cesantías es muy extenso: la clave es que las cesantías puedan ser ahorradas hasta utilizarse en el momento en que se requiera: compra de vivienda, educación o desempleo; cuando éste momento llegue se puede acceder de manera simple y fácil, incluso sin necesidad de salir de casa, pues desde Protección, por ejemplo, se han habilitado servicios sustentados en la tecnología, que permiten que el acceso a las cesantías sea 100% digital.

Mito 7. Es mejor sacar las cesantías cuando se presentan caídas en los mercados: Ni las cesantías, ni ningún ahorro e inversión es recomendable sacarlo en momentos de nerviosismo de los mercados, sean locales o internaciones. La invitación que hacen los expertos en Protección es entender su rentabilidad como un tema de largo plazo y evitar hacer movimientos en momentos coyunturales de inquietud económica.

Mito 8. La rentabilidad y los intereses de las cesantías son lo mismo: No es así. La rentabilidad responde a la gestión de inversiones que hacen los expertos de las AFP. Por su parte, los intereses a las cesantías son el beneficio que reciben los trabajadores colombianos cada año de parte de su empresa o empleador y corresponden al 12% del valor de las cesantías de ese año. Por ley, los intereses a las cesantías se deben entregar directamente el trabajador antes del 31 de enero de cada año.

Mito 9. El retiro por disminución de ingresos estará vigente mientras dure la pandemia: La pandemia resignificó el propósito de las cesantías y permitió que los colombianos tomaran cada vez más consciencia sobre la importancia de conservarlas como ese ahorro intocable para momentos determinantes en nuestra calidad de vida laboral. Mientras se mantenga la declaratoria de emergencia sanitaria, los fondos de cesantías, como Protección, seguirán entregando los recursos para quienes hayan visto disminuidos sus ingresos, sin cobrar por ello ningún tipo de comisión.

Mito 10. Las volatilidades en los mercados han hecho perder mis cesantías: A causa situaciones coyunturales que se han vivido, como por ejemplo la presentada por el Covid-19, los diferentes mercados presentaron fluctuaciones; sin embargo, en la medida en que los mercados se recuperaron éstas fueron compensadas en favor del ahorro de cada afiliado. Es por ello que la invitación que hacen los expertos en Protección es a entender la rentabilidad como un tema de largo plazo y no hacer movimientos en situaciones de inestabilidad económica.

“En definitiva, podemos concluir que las cesantías son “un colchón vital” que facilita la construcción del futuro de las personas; sea porque quieren cumplir sueños personales y familiares como comprar casa propia o financiar estudios, o amortiguar las dificultades que produce quedarse sin empleo”, recalcó Juan David Correa, presidente de Protección.

Por otro lado, y a pesar de los mitos que existen en torno a este tema, es importante establecer el uso que se le dará a las cesantías y hacerlo desde el plano de la anticipación. Pensar a futuro con anterioridad es lo que permite planear y poner en marcha las herramientas que ayudarán a concretar los sueños.

Los beneficios de las Cesantías van más allá del retiro

Existen varios fondos en los cuales se pueden hacer esta gestión, sin embargo, hay factores que se deben tener en cuenta para elegir el mejor y el que más se ajuste a las necesidades personales de cada afiliado.

En el caso de Protección, el acompañamiento a sus clientes de Cesantías va más allá del ahorro y de facilitar diferentes alternativas y procesos al momento de su retiro, pues se complementa con una oferta integral con aliados que les facilita poder alcanzar sus sueños; como por ejemplo, desde el frente de vivienda con un programa de asesoría con empresas expertas en la materia como Vecindario; en materia de educación, desde Protección cuentan con descuentos de grandes instituciones, más de 800 aliados en rutas de aprendizaje gratuitas y nuevas metodologías de estudio. En cuanto a la empleabilidad, ofrecen programas de conexión con una red de contactos para el empleo al que pueden acceder los clientes de la Compañía; un congreso propio denominado “Lab de Talento”, que ha permitido conectar a las empresas con los grandes talentos y a estos talentos con las grandes empresas.

Una vez se tenga la necesidad de retiro, Protección cuenta con amplios servicios que, apalancados en la tecnología, en la red bancaria y en red de aliados, hacen muy simple el proceso. En ese sentido, los afiliados pueden acceder a sus cesantías por trasferencia, sin necesidad de ir a una oficina. Incluso un afiliado de Protección lo puede hacer por Nequi.

Finalmente, es importante resaltar que las cesantías fueron protagonistas durante la contingencia, y hoy continúan siendo una herramienta para cumplir sueños y poner en marcha los proyectos de vida de los colombianos. En consecuencia, durante el 2021 registramos 16% más retiros de cesantías que en el 2020. Y desde Protección en particular, se evidenció también un incremento 9,4% en el retiro de cesantías para educación con relación al 2020. Es una cifra que si bien alentadora, invita a unir esfuerzos para que cada vez más colombianos usen sus cesantías para financiar la educación de sus hijos o incluso la propia.

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