Conozca los cinco beneficios tributarios que podrían reducir su impuesto de renta en 2026
lunes, 27 de julio de 2026
Deducción por dependientes y planificación de aportes voluntarios a pensión figuran entre los beneficios tributarios a los que puede optar un contribuyente
Aunque el calendario para que las personas naturales presenten la declaración de renta irá del 12 de agosto al 26 de octubre, los expertos advierten que la posibilidad de reducir legalmente el impuesto comienza mucho antes. La planeación financiera y el aprovechamiento de las deducciones contempladas en la ley pueden hacer la diferencia en el valor que finalmente deberá pagar el contribuyente.
En ese contexto, Siigo identificó cinco beneficios tributarios que las personas naturales pueden aprovechar para disminuir la base gravable o reducir el impuesto de renta, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la legislación.
"La declaración de renta no debería entenderse como un trámite que comienza cuando la Dian publica el calendario. La verdadera oportunidad de optimizar la carga tributaria está en la planeación financiera que se realiza durante todo el año, conservando soportes y aprovechando los beneficios que contempla la norma", aseguró Carlos Huertas, Chief Financial Officer de Siigo Latam.
El primer beneficio corresponde a la deducción por dependientes. El artículo 387 del Estatuto Tributario permite descontar hasta 10% de los ingresos brutos laborales, con un límite anual de $19.122.816 para quienes trabajaron todo 2025. Este beneficio aplica para hijos, padres, cónyuge y otros dependientes establecidos en la ley, siempre que el contribuyente cuente con los soportes que acrediten esa condición.
Otra alternativa es planificar los aportes voluntarios a pensión y los depósitos en cuentas AFC. Además de fortalecer el ahorro para la jubilación o la compra de vivienda, estos instrumentos permiten disminuir la base gravable del impuesto sobre la renta dentro de los límites establecidos por la normativa.
En tercer lugar están las donaciones. El artículo 257 del Estatuto Tributario establece que únicamente las realizadas a entidades pertenecientes al Régimen Tributario Especial (RTE) o a organizaciones autorizadas generan un descuento tributario equivalente a 25% del valor donado, siempre que el contribuyente cuente con la certificación correspondiente.
Otro beneficio disponible es la deducción por intereses pagados en créditos hipotecarios o contratos de leasing habitacional destinados a la adquisición de vivienda. Para acceder a este descuento será necesario conservar la certificación expedida por la entidad financiera con el valor de los intereses pagados durante el año gravable.
Finalmente, los pagos por medicina prepagada y pólizas de salud también pueden reducir la base gravable, siempre que correspondan al contribuyente, su cónyuge, hijos o dependientes autorizados y se cumplan los requisitos previstos en el artículo 387 del Estatuto Tributario.
Más allá de conocer estos beneficios, Siigo recomendó conservar durante todo el año los documentos que respalden cada deducción y realizar una proyección anticipada de la declaración de renta. Con ello, los contribuyentes podrán verificar si cumplen los requisitos exigidos por la ley y planificar con mayor anticipación sus decisiones financieras.