Corte declaró inconstitucional decreto que permitía disminución de pagos de pensión
jueves, 23 de julio de 2020
La decisión también declaró inconstitucional trasladar los recursos de sus jubilados por retiro programado a Colpensiones
Heidy Monterrosa Blanco
La Corte Constitucional declaró inconstitucional el Decreto Legislativo 558 de 2020, con el que se redujeron los aportes pensionales de 16% a 3% por dos meses y se obligó a las Administradoras de Fondos de Pensión (AFP) a trasladar los recursos de sus jubilados por retiro programado a Colpensiones.
La primera parte del Decreto Legislativo fue declarada inexequible por votación de 6-3 (o sea los primeros cinco artículos). Salvaron voto Carlos Bernal, Luis Guillermo Guerrero y Alejandro Linares. La segunda parte del Decreto Legislativo que comprenden los 9 artículos finales fue declarada inexequible con votación de 7-2. En esta salvaron voto los Magistrados Luís Guillermo y Alejandro Linares.
De acuerdo con el presidente de la Corte, magistrado Alberto Rojas Ríos, "la sentencia tiene efectos retroactivos. Es decir todo vuelve al estado en que se encontraba antes de la expedición del Decreto Legislativo".
Esto quiere decir, que los aportes que dejaron de hacerse tendrían que pagarse, sin embargo, la Corte explicó que el Gobierno será el encargado de decir cómo y qué tiempo. También deberá aclarar qué pasa con las semanas que se habían contabilizado con la disminución de los aportes.
Cabe recordar, que el Gobierno Nacional argumentaba que con este decreto buscaba asegurar que las personas con menores recursos recibieran un salario mínimo. Además, el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, dijo que con esta decisión buscaban el financiamiento de Colpensiones, pues el faltante de caja que experimentaría la entidad se compensaría con los recursos que recibiría a futuro.
"Este es un crédito que toma el Gobierno, que en última instancia es el que va a responder por el dinero”, dijo el Ministro en abril cuando se publicó el Decreto 558 de 2020.