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Corte Constitucional ratificó la sobretasa de impuesto de renta al sector financiero

Para 2020, la sobre tarifa que tendrán que pagar las entidades financieras en su impuesto de renta será de 36%, para 2021 de 34% y para 2022 de 33%

Esteban Feria

La Corte Constitucional declaró exequible la disposición que establece que las instituciones financieras deben liquidar una sobre tarifa al impuesto sobre la renta. Bajo el supuesto, las entidades financieras y los bancos deberán pagar un mayor monto, respecto a las otras empresas que operan en el país, durante tres años.

Para el año gravable 2020, la sobre tarifa que tendrán que pagar las entidades financieras en su impuesto de renta será de 36%, para 2021 de 34% y para 2022 de 33%.

Tras el análisis de este artículo, que fue incluido en la más reciente reforma tributaria, el alto tribunal determinó que la norma demandada no vulnera ningún principio de equidad tributaria, pues aseguró que las entidades financieras también gozan de beneficios en sus impuestos con los que algunas sociedades comerciales no cuentan.

La Corte, además, consideró que la equidad es un principio para predicar en el sistema tributario en conjunto y no de un tributo específico, por ello tomó la decisión de mantener el incremento.

Frente a este tema, la Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia (Asobancaria) aseguró que “las instituciones financieras respetan las reglas del Estado de Derecho, por lo que acatan la decisión de la Corte Constitucional, no obstante, este fallo genera un precedente negativo para todos los sectores económicos que en el futuro podrían ser sujetos de un trato tributario diferencial, por cuenta de su actividad o resultados financieros”.

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