Fasecolda pide eliminar artículo de proyecto que busca crear un seguro obligatorio
miércoles, 10 de junio de 2026
El gremio asegurador afirma que se busca instaurar una póliza obligatoria de Responsabilidad Civil Extracontractual asociada a la licencia
A través de un comunicado, Fasecolda rechazó la inclusión del artículo 37 del proyecto de Ley 277-25S-058 24C, el cual crea una póliza obligatoria de Responsabilidad Civil Extracontractual asociada a la licencia de conducción, aparte del Soat. La propuesta está, según el gremio, en cuarto debate en el Congreso y afectará a más de 13 millones de personas.
El gremio explicó que, si bien hay un propósito de fortalecimiento de la seguridad vial en el proyecto de ley, es inconveniente e inviable la creación de dicho seguro obligatorio, por cuanto solicita la eliminación del artículo por varias razones.
La primera es que su aplicación se hace sobre la licencia de conducción, cuando el riesgo asegurable surge del uso del vehículo y la actividad efectiva de conducción.
Asimismo, ser titular de una licencia vigente no significa, en esencia, que una persona esté generando un riesgo real: podría no conducir habitualmente, no contar con un vehículo o no participar de la circulación vial.
"La propuesta impone la obligación sobre un criterio personal y variable, en lugar de hacerlo sobre quien realmente genera el riesgo (en este caso, la persona que realmente está conduciendo un vehículo identificable), que ha sido la lógica del aseguramiento obligatorio en materia de tránsito en Colombia", aseguró Fasecolda.
Agregó la entidad que la "desalineación" es una afectación a la coherencia regulatoria del sistema y rompe el nexo existente entre el riesgo y el aseguramiento.
El artículo 37 fue incorporado, según alega el gremio, sin una discusión técnica previa con el sector asegurador, pese a que crea un seguro obligatorio con base en variables que deben ser evaluadas con quienes asumen y administran el riesgo.
Gustavo Morales, presidente del gremio, dijo que en el futuro podrá evaluarse la conveniencia de un seguro obligatorio en materia de responsabilidad civil, siempre y cuando su diseño esté sujeto a una discusión técnica adecuada y cuente con la participación de todos los actores.