Junta de Grupo Nutresa oficializó reglamento para venta de acciones preferenciales
lunes, 16 de febrero de 2026
n cuanto a la valoración de la operación, se estableció que el precio de cada una de las acciones preferenciales ofrecidas será de $300.000
La Junta Directiva de Grupo Nutresa oficializó la aprobación, por unanimidad, del Reglamento de Emisión y Colocación de Acciones Preferenciales. Esta determinación se dio en estricto cumplimiento de lo dispuesto por la Asamblea de Accionistas celebrada el 16 de febrero de 2026.
El reglamento técnico define que la cantidad de acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto que se emitirán y ofrecerán asciende a 19 millones de títulos. Este movimiento busca fortalecer la base patrimonial de la empresa mediante una oferta privada, de acuerdo con la compañía.
Uno de los puntos más relevantes de la decisión es la identificación del receptor de esta emisión. Según el documento oficial, el destinatario específico y exclusivo será la sociedad Erton Holding S.A., entidad legalmente constituida bajo las leyes de la República de Panamá. Esta asignación directa subraya el carácter privado de la colocación y define un socio estratégico claro para la suscripción de los nuevos títulos.
En cuanto a la valoración de la operación, se estableció que el precio de cada una de las acciones preferenciales ofrecidas será de $300.000. Teniendo en cuenta el volumen total de la emisión, la operación proyecta una capitalización de gran escala, sujeta a la condición suspensiva de que la Superintendencia Financiera de Colombia otorgue la autorización correspondiente al reglamento aprobado.
Respecto a los tiempos, la oferta deberá efectuarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de aprobación y contará con una vigencia de un año. El reglamento permite que la suscripción sea aceptada de forma total, parcial o por instalamentos antes del vencimiento del plazo, lo que otorga flexibilidad financiera al destinatario preferencial para concretar la inversión.
Estas acciones, que circularán de forma desmaterializada, otorgan a sus titulares derechos económicos específicos como el dividendo mínimo preferencial y preferencia en la liquidación. Asimismo, mantienen derechos de participación en utilidades y de conversión, operando bajo el marco de los artículos 63 y 64 de la Ley 222 de 1995, lo que garantiza el equilibrio entre los beneficios económicos y la gobernanza de la sociedad.